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TSJReiteradora

AS/0093/2021

Tribunal Supremo de Justicia
2 de febrero de 2021Civil

Máxima

CARGA ARGUMENTATIVA/ Los hechos que se acusen, las inobservancias u omisiones que sean…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Carga

Los recurrentes señalan que a momento de responder a la demanda acompañaron prueba documental consistente en fotocopias simples del trámite de declaratoria de herederos iniciado por Nelson Valdivia Orellana al fallecimiento de Gregorio Valdivia y Cresencia Postigo, prueba que no fue observada ni des…

Proceso
Mejor derecho propietario y reivindicación.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 93/2021

Fecha: 02 de febrero de 2021

Expediente: CB-45-20-S.

Partes: Nelson Valdivia Orellana c/ Federico y Julieta ambos Lamas Sempertegui.

Proceso: Mejor derecho propietario y reivindicación.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Federico y Julieta ambos Lamas Sempertegui (fs. 522-527), contra el Auto de Vista de 06 de febrero de 2020, pronunciado por Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 503-507), dentro el proceso ordinario sobre mejor derecho propietario y reivindicación, seguido por Nelson Valdivia Orellana contra los recurrentes; el Auto interlocutorio de concesión de 12 de noviembre del 2020 (fs. 530); el Auto Supremo de Admisión Nº 664/2020 - RA de 07 de diciembre (fs. 545-547); los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Nelson Valdivia Orellana, al amparo de los arts. 105, 1453 y 1454 del Código Civil, interpuso demanda de mejor derecho propietario y reivindicación (fs. 129-130), pretensión que es planteada con los siguientes argumentos:

El actor señala ser por sucesión de sus abuelos Gerónimo Valdivia y Cresencia Postigo, propietarios del inmueble ubicado en la calle Junín s/n, antes calle Perú, cuya extensión superficial es de 350,81 m2, derecho propietario registrado en el Libro Primero de Propiedad de la Provincia de Arani de 24 de diciembre de 1936, fs. 330, Ptda. 816. La Declaratoria de Herederos se registró en Derechos Reales bajo la Matrícula 3.05.1.01.0002205 de 24 de diciembre de 1936, con los impuestos de ley cancelados. Añade, que los hermanos Federico y Julieta Lamas Sempertegui, presentaron una demanda de usucapión contra sus padres Teófilo Lamas Montaño y María Sara Sempertegui, acompañando documentos que no tienen valor legal además de no ser vecinos de la localidad de Tiraque.

· Respuesta a la acción reconvencional.

Señala que la petición de herencia es imprescriptible, y por ser un documento público tiene toda la fuerza probatoria.

Federico y Julieta ambos Lamas Sempertegui, se apersonan oponiendo excepciones de falsedad, ilegalidad, falta de acción y derecho, contestan negativamente la demanda e interponen acción reconvencional (fs. 181-184), manifestando:

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Datos del proceso

Demandante
Nelson Valdivia Orellana
Demandado
Federico y Julieta ambos Lamas Sempertegui.
Proceso
Mejor derecho propietario y reivindicación.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia2 de febrero de 2021AS/0093/2021Fuente oficial