Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 94/2015
Sucre: 11 de febrero 2015
Expediente: SC-170-14-S.
Partes: Francisco Vargas Tenorio y Miguelina Oropeza de Vargas. c/ Consuelo
Coca Marzana y Maritza Gonzales Ortuño.
Proceso: Mejor Derecho Propietario y Cancelación de Matrícula.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Francisco Vargas Tenorio y Miguelina Oropeza de Vargas de fs. 867 a 869 contra el Auto de Vista Nº 33/2014 de fecha 27 de mayo, cursante de fs. 852 a 855, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz en el proceso ordinario sobre Mejor Derecho Propietario y Cancelación de Matrícula seguido por Francisco Vargas Tenorio y Miguelina Oropeza de Vargas contra Consuelo Coca Marzana y Maritza Gonzales Ortuño, la contestación de fs. 873 a 875; el Auto de concesión de fs. 876; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa el Juez Séptimo Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, pronunció Sentencia de fecha 05 de Septiembre de 2013, cursante de fs. 811 a 814, declarando 1).- IMPROBADA la demanda de fs. 26 a 32. 2).- IMPROBADA la demanda reconvencional por acción negatoria y reivindicatoria de fs. 119 a 123. 3).- Declara PROBADA las excepciones de falta de acción y derecho.
Contra la referida Sentencia, Consuelo Coca Marzana interpone recurso de apelación, el cual previa sustanciación, es resuelto por la Sala Civil Segunda mediante Auto de Vista N° 33/2014 de fs. 852 a 855, lo cual REVOCA en parte la Sentencia apelada en lo que corresponde simplemente a la acción de reivindicación, y se CONFIRMA en lo demás, deliberando en el fondo se dispone que los demandantes entreguen el inmueble objeto de la litis en favor de su propietaria en el plazo de treinta días a partir de la ejecutoria de la presente resolución bajo prevenciones de librarse el mandamiento de desapoderamiento respectivo.
Contra dicha determinación, Francisco Vargas Tenorio y Miguelina Oropeza de Vargas interpusieron recursos de casación en el fondo que merece el presente análisis.
CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Recurso de Casación de Francisco Vargas Tenorio y Miguelina Oropeza de Vargas.
En el fondo.-
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