Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 96
Sucre, 18 de febrero de 2021
Expediente: 455/2020-S
Demandantes: Mireya Amparo Castillo Ortuño
Demandado: Colegio Isaac Attie
Proceso: Reintegro de beneficios sociales
Departamento: Cochabamba
Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación de fs. 328 a 329, interpuesto por el Colegio Isaac Attie, representada por Silvia Salamanca Attie, contra el Auto de Vista N° 113/2020 de 30 de julio, de fs. 320 a 325, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; dentro del proceso de Reintegro de Beneficios Sociales a demanda de Mireya Amparo Castillo Ortuño, contra el Colegio recurrente; el Auto de 22 de octubre de 2020, que concedió el recurso (fs. 334); el Auto de 19 de noviembre de 2020 (fs. 340), por el que se declaró admisible el recurso de casación interpuesto; y todo lo que fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.
Planteada la demanda social de reintegro de beneficios sociales interpuesta por Mireya Amparo Castillo Ortuño, tramitado el proceso, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Primero de Cochabamba, emitió la Sentencia de 03 de mayo de 2019, de fs. 286 a 299, por la que declaró PROBADA en parte la demanda de reintegro de beneficios sociales, disponiendo que el colegio demandado cancele a favor de la actora:
- 1)Desahucio Bs.15.028,65;
- 2)Primas Bs.29.194,01;
- 3)Reintegro del bono de antigüedad Bs.5.526,06 que sumados llegan a un total de Bs.49.748,72. más la multa del 30% y actualización en UFV´s conforme lo previsto en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) N° 28699, hasta el tercer día de ejecutoriada la resolución.
Auto de Vista.
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