Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO:
102/2023
FECHA:
Sucre, 02 de agosto de 2023.
EXPEDIENTE:
06/2023 R.C.
PROCESO: PARTES:
Contencioso.
EUROFINSA SA Sucursal Bolivia INCOYDESA INGENNYA SL c/ Administradora Boliviana de Carreteras.
REMITE:
En grado de Casación la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda.
MAGISTRADO TRAMITADOR:
Dr. Olvis Eguez Oliva.
VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de casación interpuesto por Silvia Eugenia Pacheco Soliz, en representación de Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) (fs. 1434 a 1444), impugnando la Sentencia N° 98/2022 de 26 de julio, pronunciada por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia (fs. 1395 a 1430), dentro del Proceso Contencioso seguido por EUROFINSA SA Sucursal Bolivia INCOYDESA INGENNYA SL contra la entidad recurrente, la respuesta al recurso de casación (fs. 1456 a 1473 vta.); el Auto de 16 de febrero de 2023, que concedió el recurso ante la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia (fs. 1474) y su remisión respectiva a la citada Sala (fs. 1478); los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
La empresa EUROFINSA SA Sucursal Bolivia INCOYDESA INGENNYA SL, interpuso demanda contenciosa contra la ABC, solicitando se admita la acción y se declare PROBADA la misma, disponiendo se declare resuelto el Contrato Administrativo suscrito por incumplimiento de la ABC y debiendo dicha institución indemnizar a la referida empresa conforme a lo demandado y el pago de daños y perjuicios ocasionados, conforme el art. 568 del Código Civil en la suma de USD 16.985.985,65 más el interés legal del 6% anual del monto total liquidado a la fecha de realizarse la devolución (fs. 163 a 208 vta.).
La ABC, se apersonó al proceso y contestó negativamente la pretensión de la empresa demandante, solicitando se declare improbada la demanda contenciosa en todas sus partes (fs. 785 a 811).
Asumida la competencia por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia y realizada la tramitación respectiva hasta el decreto de "autos para sentencia" cursante a fs. 1319 de obrados, se emitió la Sentencia N° 98/2022 de 26 de julio, resolviendo declarar PROBADA EN PARTE la demanda contenciosa interpuesta; y en consecuencia, declaró ¡legal la resolución del Contrato ABC N° 361/14 GNT-SCT-OBR-TGN por causales atribuidles a la empresa contratista, promovida por la ABC, dejando sin efecto legal las Notas ABC/GT/RJU/2019-0021 de 6 de mayo y ABC/GTJ/RJU/2019-0024 de 5 de junio.
Disponiendo también que, la ABC restituya y pague en favor de EUROFINSA SA: 1) El importe de Bs.39.208.475,68 correspondientes a la Boleta de Garantía (Fianza Bancaria) número: BGC-1000083515, Serie W, N° 0477704 emitida por el Banco Mercantil Santa Cruz, indebidamente ejecutada por la ABC; 2) Los costos generados por la ejecución de trabajos de mantenimiento en los primeros seis meses, que ascienden a la suma de Bs. 4.880.286,20; 3) Los costos generados por el retraso en la Recepción Definitiva cuantificados en Bs. 13.992.689; y, 4) El pago del interés legal del 6 % a calcularse sobre el importe total a pagarse en favor de EUROFINSA SA., por el tiempo transcurrido desde la notificación con la Nota ABC/GTJ/RJU/2019-0024 de 5 de junio, hasta la fecha de pago.
Finalmente, ordenó descontar de la Planilla de Liquidación Final las multas aplicadas por el Control y Monitoreo, por concepto de retraso en la Recepción Definitiva, determinadas en Bs.7.027.587,00 (fs. 1395 a 1430).
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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