Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 104 Sucre 1 de abril de 2005
DISTRITO : Oruro
PARTES : Ministerio Público c/ Gabriel Ayca Lutino.
Tráfico de sustancias controladas y otro.
MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 127 a 132 interpuesto por Gabriel Ayca Lutino impugnando el Auto de Vista número 16 de 13 de agosto de 2004 de fojas 104 a 105 pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la comisión de los delitos de tráfico y transporte de sustancias controladas previstos y sancionados por los artículos 48 con relación al 33 inciso m) y 55 de la Ley 1008.
CONSIDERANDO: que el Tribunal Primero de Sentencia de Oruro dictó la sentencia de fojas 74 a 79 declarando a Gabriel Ayca Lutino autor del delito de transporte de sustancias controladas en grado de tentativa previsto por los artículos 55 de la ley 1008 con relación al 8º del Código Penal; condenándole a sufrir la pena privativa de libertad de 5 años y 4 meses de presidio a cumplir en la Cárcel Pública de San Pedro de esa ciudad; al pago de quinientos días multa a razón de Bs. 050 por cada día, más costas y responsabilidad civil a favor del Estado, averiguables en ejecución de sentencia.
Que la indicada sentencia fue objeto de los recursos de apelación restringida de fojas 47 a 57 y 81 a 85, respectivamente habiendo sido resueltos por el Auto de Vista de fojas 104 a 105, revocando en parte la sentencia apelada y declarando a Gabriel Ayca Lutino, autor del delito de transporte de sustancias controladas previsto por el artículo 55 de la Ley 1008, condenándole a la pena privativa de libertad de diez años de presidio a cumplir en la Cárcel Pública de esa ciudad, así como al pago de quinientos días multa a razón de Bs. 050 por cada día, con costas y responsabilidad civil a favor del Estado, averiguables en ejecución de sentencia. Manteniendo la absolución de aquél por el delito de tráfico de sustancias controladas. La resolución dictada por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Oruro fue impugnada por el recurso de casación de fojas 127 a 132 siendo admitido por el Auto Supremo de fojas 142 a 143.
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