Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 105
Sucre, 11 de marzo de 2021
Expediente: 494/2020-S
Demandante: Walter Balanza Huanca
Demandado: Empresa Servicio de Envasado de Bebidas “SEASA SA“
Proceso: Reintegro de bono de antigüedad, vacación y aguinaldo
Departamento: Cochabamba
Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 546 a 548, interpuesto por la empresa Servicio de Envasado de Bebidas “SEASA SA”, representada por José Antonio Daza Paz, contra el Auto de Vista N° 028/2020 de 6 de marzo de fs. 536 a 542, emitido por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de pago de reintegro de bono de antigüedad, vacación y aguinaldo, interpuesto por Walter Balanza Huanca, contra la empresa recurrente; la contestación de fs. 554 a 556; el Auto de 12 de noviembre de 2020, que concedió el recurso a fs. 558; el Auto de 2 de diciembre de 2020 a fs. 563, que admitió el recurso; y lo que fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia.
Planteada la demanda social de pago de reintegro de bono de antigüedad, vacación y aguinaldo y tramitado el proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la capital Cochabamba, emitió la Sentencia de 8 de octubre de 2018 de fs. 397 a 402, que declaró PROBADA la demanda de fs. 4 a 5; ordenando que la empresa Servicio de Envasado de bebidas “SEASA SA”, representado por Jorge Carlos Tomás Lonsdale Salinas, cancele a favor del demandante, la suma de Bs. 115.893,27 por los conceptos de reintegro de bono de antigüedad y aguinaldo; y 52 días de vacación detallados en la Sentencia.
Mostrando 14 de 69 parrafos.