Volver a sentencias
TSJ

AS/0106/2005

Tribunal Supremo de Justicia
21 de diciembre de 2005Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2005

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

AUTO SUPREMO: Nº 106

Sucre, 21 de diciembre de 2.005

DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social.

PARTES: Walter Pérez Céspedes c/ Empresa FRANCESA COMUNICACIÓN Y MARKETING S.R.L.

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

VISTOS: El recurso de casación de fs. 66-68, interpuesto por Jack Louis Gaitelli, en representación de la empresa FCM Francesa de Comunicación y Marketing S.R.L., contra el auto de vista de 13 de junio de de 2001 (fs. 62-63) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social de pago de sueldos devengados, horas extraordinarias y beneficios sociales que sigue Walter Pérez Céspedes contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido 2do del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia en fecha 21 de septiembre de 2000 (fs. 47-48), declarando probada en parte la demanda de fs. 4 y vta., ordenando que la empresa demandada a través de su representante legal, cancele al demandante Walter Pérez Céspedes la suma de $us. 832, por concepto de sueldo pendiente, vacación y horas extras. En grado de apelación, por auto de vista No. 220 de 13 de junio de de 2001 (fs. 62-63), se confirma en todas sus partes la sentencia, con costas.

Que, contra este auto de vista, el personero legal de la empresa demandada interpone recurso de casación, solicitando en el fondo se case el auto de vista recurrido.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, que debe contener los requisitos enumerados por el Art. 258 del Pdto. Civil; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Que, a este efecto de la revisión del recurso, se colige que el recurrente luego de una amplia y desordenada exposición sobre aspectos tramitados por los de instancia, aduce infracción de los Arts. 247 de la L.O.J., 121 del Pdto. Civil y 203 del Cdgo. Procesal del Trabajo (C.P.T.), expresando que no han sido valorados por el tribunal de alzada la prueba que aportó al proceso, sin precisar ni especificar de qué manera fueron mal interpretadas o aplicadas; luego denunció infracción de los arts. 205 y 57 del C.P.T., omitiendo también puntualizar en qué consiste la incorrecta interpretación y aplicación de dichas disposiciones, mucho menos precisa cuál es la interpretación y aplicación que corresponde.

Mostrando 12 de 24 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Walter Pérez Céspedes
Demandado
Empresa FRANCESA COMUNICACIÓN Y MARKETING S.R.L.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia21 de diciembre de 2005AS/0106/2005Fuente oficial