Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Expediente Nº 262/02
AUTO SUPREMO Nº 110 - Social Sucre, 23 de febrero de 2007.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Candido Portugal Molina y otros c/ Honorable Alcaldía Municipal de la Paz
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CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en 5 de octubre de 1998, pronunció la sentencia Nº 98, de fs. 88-93, declarando probada en parte la demanda de fs. 13-15, ampliada a fs. 20-21, con costas y, probada en parte la excepción perentoria de pago opuesta por la Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz, ordenando que la entidad Edil, cancele a favor de cada uno de los actores los montos y conceptos insertos en las liquidaciones individuales detallados en la indicada sentencia; además de aplicarse los reajustes y actualizaciones, de conformidad a lo establecido en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992.
Apelada la sentencia por ambas partes, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, emitió el auto de vista Nº 206/01.SSAII de 1º de octubre de 2001, cursante a fs. 117, por el que se confirma la sentencia de fs. 27-28 (foliación errada), disponiendo además, que se corrija el ajuste como se dispone.
Esta resolución, motivó el recurso de casación que se analiza.
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