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TSJ

AS/0110/2012

Tribunal Supremo de Justicia
2 de julio de 2012Civil LiquidadoraMag. Elisa Sánchez Mamani
Proceso
Resolución de contrato por incumplimiento más resarcimiento de daños y perjuicios.
Sala
Civil Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

S A L A C I V I L L I Q U I D A D O R A

Auto Supremo: Nº 110

Sucre: 02 de julio de 2012

Expediente: CH-34-07-S

Proceso: Resolución de contrato por incumplimiento más resarcimiento de daños y perjuicios.

Partes:Armando Pereira Martínez y otrac/ Maria Lourdes Pérez Ramírez.

Distrito: Chuquisaca

Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani

__________________________________________________________________________

VISTOS: El recurso de casación en la forma o nulidad, cursante a fojas 845 y vuelta, interpuesto por Armando Pereira Martínez, contra el Auto de Vista Nº SCII - 180 de 19 de junio del 2007, cursante de fojas 803 a 805 y vuelta, dictado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario sobre resolución de contrato por incumplimiento más resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Armando Pereira Martínez y Maria Rosas Oyola, en contra de Maria Lourdes Pérez Ramírez, la respuesta de fojas 855 a 857, el auto concesorio de fojas 857 vuelta, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO: Que, tramitada la causa de referencia, el Juez Tercero de Partido en lo Civil de la ciudad de Sucre, dicto la Sentencia Nº 149 de 27 de abril de 2007, declarando improbada la demanda de fojas 50 a 54; probada la excepción de falta de acción y derecho opuesta a fojas 98 a 108; probada en parte la demanda de fojas 344 a 346; improbada la excepción de falta de acción y derecho opuesta a fojas 478; probada en parte la demanda reconvencional de fojas 98 a 108, sin costas; en consecuencia declara: No haber lugar a la resolución del contrato de venta suscrito entre María Rosas Oyola, Armando Pereira Martínez y María Lourdes Pérez Ramírez ni el pago de daños y perjuicios demandados: Que, Maria Rosas Oyola y Armando Pereira Martínez, dentro de tercero día computable a partir de la ejecutoria de la presente sentencia procedan a la entrega desocupada del inmueble que transfirieron a Lourdes Pérez Ramírez en la forma establecida por el artículo 616 - I del Código Civil y previa comprobación jurisdiccional de la desocupación del inmueble transferido les sea entregado el depósito judicial por la suma de $us. 6.000,00 efectuado por la compradora previa deducción del importe de Bs. 1396,00 en función a la cláusula tercera del documento de fojas 5 y 322, igualmente dispone que el gasto por consumo de servicios básicos, estén a cargo de los vendedores hasta el momento de la entrega, declarando no haber lugar al pago de daños y perjuicios demandados por la compradora en vía de acción y reconvención.

En grado de apelación efectuada por los demandantes, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº SCII 180 de 19 de junio de 2007, cursante de fojas 803 a 805 y vuelta, confirma en forma total la sentencia apelada, de fojas 779 a 782 de obrados, con costas en ambas instancias.

Esta resolución de alzada, motivó que el demandante Armando Pereira Martínez mediante memorial cursante a fojas 845 y vuelta, formule recurso de casación en la forma o nulidad, alegando: Que, habiendo reclamado como un primer motivo de la apelación, la nulidad por falta de fundamentación, resulta que el auto de vista absuelve dicho reclamo sin fundamento legal alguno, omitiendo la cita de disposiciones legales que respalden aquella determinación, lo que implica violación al artículo 192 - 2) del Código de Procedimiento Civil e importa la nulidad plena al tenor del artículo 252 y 254 - 4) del mismo cuerpo de leyes, por la falta de pronunciamiento fundamentado sobre las pretensiones probatorias de su parte.

Finaliza el recurso, para que el Tribunal advertido de la ilegalidad, sepa acoger la casación y declare la nulidad del auto de vista.

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Datos del proceso

Demandante
Armando Pereira Martínez y otra
Demandado
Maria Lourdes Pérez Ramírez.
Proceso
Resolución de contrato por incumplimiento más resarcimiento de daños y perjuicios.
Magistrado relator
Elisa Sánchez Mamani
Tribunal Supremo de Justicia2 de julio de 2012AS/0110/2012Fuente oficial