Volver a sentencias
TSJReiteradora

AS/0110/2019

Tribunal Supremo de Justicia
8 de abril de 2019Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Requisitos

El recurrente afirma que, el demandante abandono su fuente laboral a causa de una llamada de atención verbal, y que en ningún momento fue despedido. Explicó que sobre la multa del 30%, el demandante no recibió el cheque de su liquidación.

Proceso
RECURSO DE CASACION/ PROCESO LABORAL
Sala
Social 2da
Año
2019

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 110/2019-I

Sucre, 08 de abril de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 110/2019

Distrito: Pando

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 73 y vta., interpuesto por German Gonzalo Gambao Córdova en representación de la Empresa Constructora G&G, impugnando el Auto de Vista Nº 144 de 19 de noviembre de 2017 cursante de fs. 68 a 69 vta., pronunciado por la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales, seguido por Luis Alberto Leigue contra la Empresa recurrente, sin respuesta de contrario, el Auto Nº 52 de 14 de marzo de 2019 de fs. 78 vta., que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

Antecedentes del Proceso

I.1. Sentencia

Promovida la acción y tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de Pando, emitió la Sentencia N° 154 de 22 de mayo de 2018 (fs. 44 a 46), declarando probada en parte la demanda interpuesta por Luis Alberto Leigue, con costas, disponiendo que la Empresa demandada a través, cancele la suma de Bs.38.697, por concepto de desahucio, indemnización por tiempo de servicios, subsidio de frontera y comisiones devengadas, más la multa de 30% establecida por el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, todo de acuerdo al detalle que se tiene asentado en la misma sentencia.

I.2 Auto de Vista.

Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la empresa demandada (fs. 53 a 54 vta.), mereciendo el Auto de Vista Nº 144 de 19 de noviembre de 2017, por el cual, la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, revocó parcialmente la Sentencia Nº 154 de 22 de mayo de 2018, indicando que el salario devengado corresponde por 2 meses y 7 días, manteniendo los demás conceptos conforme al detalle que se tiene asentado en la misma resolución de segunda instancia.

I.3. Motivos del recurso de casación

El mencionado Auto de Vista originó que la empresa demandada formule el recurso de casación cursante de fs. 73 y vta., que en lo esencial de su contenido señala:

Mostrando 16 de 31 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Máxima

REQUISITOS DE PROCEDENCIA DEL RECURSO DE CASACIÓN/ El recurrente debe fundamentar, de manera precisa, concreta y clara, cuáles son las causas que motivaron la casación, sea en el fondo o en la forma, que normas fueron violadas, vulneradas o aplicadas erróneamente, demostrando en qué consiste la infracción que se denuncia o reclama, así como sugiriendo la posible solución jurídica a la controversia planteada.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACION/ PROCESO LABORAL
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Articulo 274 del Código Procesal Civil (CPC);

Tribunal Supremo de Justicia8 de abril de 2019AS/0110/2019Fuente oficial