Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 114-A Sucre 30 de marzo de 2006
DISTRITO: Cochabamba
PARTES : Ministerio Público c/ David Anthony Castro Siles.
Asesinato.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 362 a 364 interpuesto por David Anthony Castro Siles impugnando el Auto de Vista de fecha 14 de febrero de 2006 de fojas 351 a 353, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de asesinato, previsto y sancionado por el artículo 252 inciso 3) del Código Penal.
CONSIDERANDO: que la Sala Penal del Supremo Tribunal declara admisible el recurso de casación, si éste ha cumplido los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, es decir, cuando el recurrente interpone el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo contradicción jurídica de una norma o varias normas aplicadas de modo diferente en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
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