Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 114
Sucre, 04/05/2012
Expediente: 77/2012-S
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 134-135, interpuesto por Genaro Patón Irusta, contra el Auto de Vista Nº 202/11 de 22 de noviembre de 2011 (fs. 131-132), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social seguido por Julián Pinto, contra Genaro Patón Irusta, la contestación de fs. 137, el Auto que concedió el recurso de fs. 137 vta., los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de la cuidad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 59/2011 de 16 de abril 2011 (fs. 92-95), declarando probada en parte la demanda de fs. 8-9, subsanada a fs. 12, 14, 16 y 18-19, disponiendo que la parte demandada cancele a favor del actor la suma de Bs. 5.117, por concepto de salarios devengados 7 meses (de junio a diciembre de 2009), indemnización de 8 meses y 21 días y aguinaldo por duodécimas gestión 2009, menos Bs. 350, entregado conforme al inciso 3) de la presente Sentencia.
En grado de apelación deducida por ambas partes (fs. 113-114 y 118-120 respectivamente), por Auto de Vista Nº 202/11 de 22 de noviembre de 2011 (fs. 131-132), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, confirmó la Sentencia Nº 59/2011 de 16 de abril de 2011 de fs. 92-95, con costas.
Dicho fallo motivó el recurso de nulidad interpuesto por el demandado Genaro Patón Irusta (fs. 134-135), en el que luego de referirse a los antecedentes del proceso, acusó que la Juez de Primera Instancia vulneró los artículos 150, 151 y 152 del Código Procesal del Trabajo.
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo "revoque" el Auto de Vista recurrido y dicte nueva resolución al amparo del artículo 210 y siguientes del Código Procesal del Trabajo.
Mostrando 11 de 22 parrafos.