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TSJ

AS/0116/2004

Tribunal Supremo de Justicia
19 de mayo de 2004Civil IMag. Emilse Ardaya Gutiérrez
Proceso
Ordinario sobre mejor derecho y reivindicación
Sala
Civil I
Año
2004

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Texto del fallo

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO N° 116 Sucre, 19 de mayo de 2004

DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario sobre mejor derecho y reivindicación

PARTES : Irma Ferrufino Salinas y otros c/ Adela Coronel Quispe

RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez

VISTOS: El recurso de casación de fs. 214 a 216 interpuesto por Mabel y Freddy Lizón Ferrufino contra el auto de vista Nº 489/2001 de fs. 207-208, pronunciado el 9 de noviembre de 2001 por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el ordinario sobre mejor derecho y reivindicación que sigue Irma Ferrufino, Mabel y Freddy Lizón Ferrufino contra Adela Coronel Quispe, los antecedentes procesales, y

CONSIDERANDO: La sentencia de fs. 188 a 190 declara probada la demanda e improbada la reconvencional, reconociendo el mejor derecho propietario sobre el lote de terreno de 150 mts.2 situado entre las calles San José y Tipuani Nº 120 zona Villa Las Delicias a favor de Irma Ferrufino Salinas, Mabel Jannett y Freddy Nicolás Lizón Ferrufino, disponiendo la reivindicación del referido inmueble.

Sentencia que apelada por la demandada es confirmada en parte por el Tribunal ad quem en cuanto a la declaratoria de mejor derecho de propiedad a favor de Irma Ferrufino Salinas sobre el lote en litigio, e improbada en cuanto a la pretensión de los co demandantes Mabel Jannett y Freddy Nicolás Lizón Ferrufino y confirma en cuanto se declara improbada la acción reconvencional.

Contra la resolución de vista, los demandantes Mabel Jannett y Freddy Nicolás Lizón Ferrufino recurren de casación tanto en la forma como en el fondo, en el primer caso, acusan que el auto de vista otorga más de lo pedido incurriendo en la previsión del art. 254-4) del Código de Procedimiento Civil. En el fondo acusan la violación de los arts. 105, 1000, 1002, 1003, 1007-I y II del Código Civil.

CONSIDERANDO: Que, habiéndose acusado vicios que podrían acarrear la nulidad de obrados, este Tribunal Supremo, en uso de la facultad que le confiere el art. 15 de la L.O.J. ha procedido a la revisión de los actuados, evidenciando que el recurso de apelación interpuesto por la demandada Adela Coronel Quispe, saliente de fs. 195 a 197, no contiene entre los agravios ningún punto relativo al desconocimiento del derecho propietario en su calidad de herederos del de cujus Joaquín Lizón Saavedra, por falta de registro de los co demandantes Mabel Jannett y Freddy Nicolás Lizón Ferrufino, de ahí que el pronunciamiento del tribunal de apelación al declarar improbada la demanda respecto a aquellos por extrañar la falta de registro en las oficinas de Derechos Reales de la declaratoria de herederos de aquellos, excede el marco jurisdiccional de la decisión de segunda instancia, que se halla fijada por los arts. 236 con relación al art. 227, ambos del Código de Procedimiento Civil, vale decir, entre los puntos resueltos por el a quo y que hayan sido impugnados en la expresión de agravios.

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Datos del proceso

Demandante
Irma Ferrufino Salinas y otros
Demandado
Adela Coronel Quispe
Proceso
Ordinario sobre mejor derecho y reivindicación
Magistrado relator
Emilse Ardaya Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia19 de mayo de 2004AS/0116/2004Fuente oficial