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TSJ

AS/0116/2010

Tribunal Supremo de Justicia
29 de abril de 2010Penal IIMag. Ivan Manolo Lima Magne
Proceso
Estafa, apropiación indebida y abuso de confianza.
Sala
Penal II
Año
2010

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 116 Sucre, 29 de abril de 2010

Expediente: Cochabamba 21/2004

Partes: Ministerio Público c/ Luis Fernando Arzabe Espada.

Delito: Estafa, apropiación indebida y abuso de confianza.

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VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, presentada el 17 de diciembre de 2004 (fojas 753 a 757) por Luis Fernando Arzabe Espada con referencia al proceso seguido contra él por Luis Rolando de la Rosa Daza con imputación por comisión de los delitos de estafa, apropiación indebida y abuso de confianza.

CONSIDERANDO: que de acuerdo al caso de autos, se tiene los siguientes datos:

1.- La indicada causa, sustanciada con sujeción a las reglas del Código de Procedimiento Penal de 1972, comenzó con el Auto Inicial de la Instrucción de 25 de septiembre de 1990 (fojas 38 vuelta), y continuó en la fase de Sumario hasta el 13 de julio de 1998 en que se dictó el Auto de Procesamiento (fojas 268 a 269). Se tramitó en la etapa de Plenario hasta el 19 de julio de 2002 (fojas 705 a 710), en que se dictó la Sentencia que condenó al imputado a la pena de tres años y ocho meses de reclusión.

2.- Dicha Sentencia fue confirmada por el Tribunal de Alzada mediante Auto de Vista de 8 de diciembre de 2003 (fojas 731) ante recurso de apelación que interpuso el procesado. Habiendo luego éste impugnado tal decisión con planteamiento de recurso de casación, el proceso en cuestión radicó en la entonces Sala Penal única de esta Corte Suprema de Justicia el 17 de febrero de 2004 (fojas 743), sin pronunciamiento definitivo desde entonces hasta la presente fecha.

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Criterio

Es posible decidir que prosiga una causa después de vencido el plazo fijado para conclusión de procesos, de conformidad a lo aclarado por la Sentencia Constitucional 101 de 14 de septiembre de 2004. Ello sólo puede darse si la demora comprobada es atribuible a actos dilatorios del imputado, que, en el caso de autos, aún cuando hubieren sido ejercitados, no explican de modo suficiente el largo lapso de sustanciación sin resultado final.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Luis Fernando Arzabe Espada.
Proceso
Estafa, apropiación indebida y abuso de confianza.
Magistrado relator
Ivan Manolo Lima Magne

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Elementos comunes de procedimiento / Excepciones / Extinción de la acción penal
Tribunal Supremo de Justicia29 de abril de 2010AS/0116/2010Fuente oficial