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TSJ

AS/0117/2005

Tribunal Supremo de Justicia
20 de abril de 2005Penal II
Proceso
Sala
Penal II
Año
2005

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: Nº 117 Sucre, 20 de abril de 2005

DISTRITO: Oruro

PARTES: Ministerio Público y otra c/ María Luis Moller Lizarazu.

Estafa.

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VISTOS: el recurso de casación cursante a fojas 89 a 90 interpuesto por la imputada María Luisa Moller Lizarazu impugnando el Auto de Vista cursante a fojas 78 a 79 y vuelta de obrados, dictado en fecha 8 de marzo de 2005 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro el juicio oral, público y contradictorio seguido por el Ministerio Público y Heydi Evelín Díaz Lara en contra de la recurrente por el delito de estafa (artículo 335 del Código Penal).

CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso, se concluye que la impetrante ha planteado los recursos que la ley le concede cumpliendo los plazos señalados en los artículos 408 y 417 del Código de Procedimiento Penal.

Que el recurso de casación interpuesto no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, pues, si bien acusa defectos en la resolución impugnada, no invoca precedente contradictorio alguno. Así como, obviamente, no habiendo invocado precedente alguno, tampoco señala ninguna contradicción respecto del Auto de Vista recurrido.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otra
Demandado
María Luis Moller Lizarazu.
Tribunal Supremo de Justicia20 de abril de 2005AS/0117/2005Fuente oficial