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TSJ

AS/0117/2012

Tribunal Supremo de Justicia
19 de junio de 2012Penal LiquidadoraMag. Silvana Rojas Panoso
Proceso
Lesiones Graves y Leves.
Sala
Penal Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PENAL LIQUIDADORA.

Auto Supremo No: 117/12 Fecha: Sucre, 19 de junio de 2012

Distrito: Santa Cruz

Expediente: 93/2008

Partes: Ministerio Publico, Matilde Roda Rojas y Diego Gerhard Roda Roda c/ Alberto Roda Flores y Magali Gómez Álvarez.

Delitos: Lesiones Graves y Leves.

Recurso: Casación.

VISTOS: El Recurso de Casación de 07 de abril de 2008, interpuesto por Alberto Roda Flores y Magali Gómez Álvarez (fs. 625 a 627), impugnando el Auto de Vista Nº 91/2008 de 23 de abril de 2008 (fs. 619 y 620), pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal de acción privada seguido por Matilde Roda Rojas, Diego Gerhard Roda Roda contra Alberto Roda Flores y Magali Gómez Álvarez por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal, sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO I: Que, sustanciado el proceso por el Juzgado Cuarto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, se dictó la Sentencia No 03/08 de 07 de marzo de 2008 ( fs. 568 a 572), declarando a Alberto Roda Flores y Magali Gómez Álvarez absueltos de pena y culpa en su favor por la acusación de la comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado en el art. 271 del Codigo Penal, interpuesta por los querellantes Matilde Roda Rojas y Diego Gerhard Roda Roda, dejándose sin efecto todas las medidas cautelares que se hubieren adoptado en contra de los acusados, condenándose a los querellantes al pago de costas, averiguables en Ejecución de Sentencia.

Que, notificados los sujetos procesales con la Sentencia de fs. 568 a 572, Matilde Roda Rojas y Diego Gerhard Roda Roda, mediante memorial presentado el 20 de marzo de 2008 (fs. 609 a 613), interponen Recurso de Apelación Restringida; previo trámite de rigor establecido en el Codigo de Procedimiento Penal a fs. 619 y 620, la Sala Penal Segunda de la Corte de Distrito de la Ciudad de Santa Cruz, dicta el Auto de Vista No 91/2008 de fecha 23 de abril de 2008 declarando Procedente el Recurso de Apelación Restringida de fs. 609 a 613, anulando totalmente la Sentencia de fecha 07 de marzo de 2008 ordenando la Reposición del juicio por otro Juez de Sentencia.

CONSIDERANDO II:Que, el Código de Procedimiento Penal, Ley Nº 1970 de 25 de marzo de 1999, en su art. 416 con claridad establece, que el Recurso de Casación, procede para impugnar Autos de Vista emitidos por las Cortes Superiores de Justicia (actualmente Tribunales Departamentales de Justicia), contrarios a otros precedentes contradictorios pronunciados por otras Cortes Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema (actualmente Tribunal Supremo de Justicia); por otra parte, el articulado en análisis instituye, que el precedente contradictorio deberá invocarse por el recurrente a tiempo de interponer la Apelación Restringida; por último, la norma procesal prescribe, que se entenderá que existe contradicción, cuando ante una situación de hecho similar el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista no coincida con el del precedente, sea por haberse aplicado una norma distinta o una misma norma con diversos alcances.

El plazo para interponer el Recurso de Casación, es de 5 días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado y deberá ser presentado ante la Sala que lo dictó, en el Recurso deberá señalarse la contradicción con términos precisos y como única prueba admisible se acompañará copia del Recurso de Apelación Restringida en el que se invocó el precedente.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Publico, Matilde Roda Rojas y Diego Gerhard Roda Roda
Demandado
Alberto Roda Flores y Magali Gómez Álvarez.
Proceso
Lesiones Graves y Leves.
Magistrado relator
Silvana Rojas Panoso
Tribunal Supremo de Justicia19 de junio de 2012AS/0117/2012Fuente oficial