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TSJReiteradora

AS/0124/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2021Social 2da

Máxima

CÓMPUTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA CONTENCIOSA TRIBUTARIA / Debe computarse en días hábiles, conforme determina el art. 90 del Código Procesal Civil (Ley N° 439) y los plazos…

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Resumen del caso

Derecho Tributario / Derecho Procesal Tributario / Proceso Contencioso Tributario / Plazo de interposición / Cómputo

La parte recurrente argumenta que el cómputo de plazo para la interposición de la demanda contenciosa tributaria debe efectuarse conforme lo establecido por el art. 90.II. del Código Procesal Civil, no siendo aplicable la Ley 1340 al encontrarse abrogada la misma.

Proceso
proceso contencioso tributario

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 124/2021

Sucre, 16 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII- TJA. 09/2021

Distrito: Tarija.

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 216 a 222 vta., interpuesto por Alizon Lizeth Maldonado Martínez en representación dela Sociedad Comercial Fair Play S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 14/2020 de 30 de noviembre de fs. 208 a 212 vta., pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso contencioso tributario seguido por la empresa recurrente contra la Aduana Interior Tarija de la Aduana Nacional de Bolivia, el Auto Interlocutorio N° 06/2020 de 10 de diciembre a fs. 224 y vta. que concedió el recurso, el de fs. 231 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y

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Citada por

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Datos del proceso

Demandante
Sociedad Comercial Fair Play S.R.L.
Demandado
la Aduana Interior Tarija de la Aduana Nacional de Bolivia
Proceso
proceso contencioso tributario
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2021AS/0124/2021Fuente oficial