Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 126
Sucre, 10/05/2012
Expediente: 88/2012-S
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 167-168 interpuesto por Celin Gerardo Chavez Torrico contra el Auto de Vista Nº 087/2011-SSA-I de 14 de septiembre de 2011 (fs. 162), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso social que sigue Mario Germán Rivero Gómez contra Alfonso Rosell Simon y otros, el Auto de concesión del recurso de fs. 171, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social, del Distrito Judicial de La Paz, emitió la Sentencia Nº 42/2009 de 13 de abril de 2009 (fs. 85-89), declarando probada en parte la demanda de fs. 4 de obrados, disponiendo que las empresas TEYCOM S.R.L., SIRTI BOLIVIA S.A. y STARTEL BOLIVIA S.A. representadas por el demandado cancele al actor los conceptos de indemnización y desahucio en un monto de Bs. 4.720,95 (cuatro mil setecientos veinte 95/100 bolivianos), a ser actualizado en ejecución de Sentencia en conformidad al Decreto Supremo Nº 28699 de 1ro. de mayo de 2006.
Interpuesto el recurso de apelación por el demandado (fs. 92-93), mediante Auto de Vista Nº 087/2011-SSA-I de 14 de septiembre de 2011 (fs. 162), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó la Sentencia Nº 42/2009 de 13 de abril de 2009 de fs. 85-89 de obrados.
Dicha resolución motivó que el demandado formule recurso de casación en el fondo (fs. 167-168) contra el Auto de Vista Nº 087/2011-SSA-I de 14 de septiembre de 2011 (no señala fojas), denunciando error de hecho en la apreciación de las pruebas, toda vez que el actor no ha aportado ninguna prueba que acredite su vínculo efectivo con las empresas SIRTI BOLIVIA S.A. y STARTEL S.A., siendo además que la prueba testifical en la que se basa el Auto de Vista impugnado, establece que el demandante solamente busca obtener el pago por su supuesto trabajo en la empresa TEYCOM S.R.L.
Finalmente solicita la anulación del proceso hasta su vicio más antiguo.
CONSIDERANDO II: Que no obstante que el recurso planteado no cumple a cabalidad con los requisitos establecidos en el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil con relación al artículo 258 del mismo cuerpo legal, ya que aduce plantear recurso de casación en el fondo y de manera contradictoria solicita la anulación del proceso hasta su vicio más antiguo, situación que corresponde ser planteada ante errores in procedendo propios del recurso de casación en la forma, extrañándose de tal manera la adecuada técnica jurídica; no obstante de ello, este alto Tribunal Supremo de Justicia, conforme a la nueva visión de la justicia boliviana y con el fin de dar una solución al conflicto, ve necesaria la resolución del presente proceso a fin de no causar mayor perjuicio a las partes, resolviendo de la siguiente manera:
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