Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 126/2019
Fecha: 12 febrero de 2019
Expediente: B-13-18-S.
Partes: Elsa Magda Aguirre Parada y otras c/Vivian Rossy Aguirre
Drovichesky.
Proceso: Nulidad de transferencia.
Distrito: Beni.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 121 y vta., planteado por Vivian Rossy Aguirre Drovichesky contra el Auto de Vista No 86/2018 de 8 de mayo, cursante a fs. 116 a 117, pronunciado por la Sala Civil Mixta del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, en el proceso civil de Nulidad de Transferencia que sigue Elsa Magda Aguirre Parada y otras contra la recurrente, Auto de concesión de fs. 130, Auto Supremo de Admisión de fs. 135 a 136 vta., y lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.
1. Elsa Magda Aguirre Parada, Mirna Guelia Aguirre Parada y Pura Yolanda Aguirre Parada con memorial cursante de fs. 23 a 25, interpusieron demanda de nulidad de transferencia, en contra de Vivian Rossy Aguirre Drovichesky, quien repelió la demanda y reconvino el reintegro de la legítima hereditaria (fs. 67 a 68 vta.), habiendo sido rechazada la reconvención y prueba por Auto de 26 de junio de 2017, cuyo trámite culminó con la Sentencia No 154/2017 de 24 de julio, (fs. 82 a 89), que declaró probada la demanda.
2. Ante la insatisfacción con dicho fallo, la demandada apeló: a) En el efecto diferido contra el Auto que rechazó la contrademanda y b) En el efecto suspensivo contra la Sentencia, motivando la emisión del Auto de Vista No 86/2018 de 8 de mayo, que confirmó la Sentencia y el Auto de 26 de junio de 2017, con el fundamento principal:
Primero. En relación a la apelación en el efecto suspensivo, señalaron que al haberse otorgado en calidad de anticipo la legítima mediante el documento privado de fs. 28 vta., y registrado en Derechos Reales, constituye un caso de nulidad previsto en los arts. 549 inc. 5 y 1066.II., ambos del Código Civil.
Segundo. En relación a la apelación en el efecto diferido, arguyeron que ¨…el principio del onus probandi, forma parte de la estructura de la cultura probatoria, encaminada a formar convicción acerca de la verdad material del conflicto,…el aquo partiendo de una interpretación adecuada de la naturaleza, sentido y alcance jurídico que encierra la problemática donde se circunscribe a la nulidad de un acto contractual relativo al anticipo de legitima…¨
En ese contexto histórico procesal se analiza el recurso de casación.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y CONTESTACIÓN.
1. Del recurso de casación en la forma.
Objetó que la Sentencia No 154/2017, de 3 de agosto y el Auto de 26 de junio de 2017, habría rechazado la prueba de descargo misma que estaría relacionada a la legítima, contraviniendo normas procedimentales y provocando la absoluta indefensión, infringiéndose así, los arts. 142 y 366.I.núm. 6 del Código Procesal Civil.
2. Del recurso de casación en el fondo.
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