Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 129/2021-RA
Fecha: 23 de febrero de 2021
Expediente: SC-12-21-S.
Partes: Leonardo David Chacón Mobarec c/ Claudia Jimena Pinto de Podio.
Proceso: Nulidad de cláusula arbitral.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Claudia Jimena Pinto de Podio cursante de fs. 253 a 254 vta., contra el Auto de Vista N° 87/2020 de 27 de noviembre, cursante de fs. 246 a 248 de obrados, pronunciado por la Sala Segunda Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario sobre nulidad de cláusula arbitral seguida por Leonardo David Chacón Mobarec contra la recurrente; el Auto de concesión de 02 de febrero de 2021 cursante a fs. 264; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante a fs. 59 y vta., de obrados, Leonardo David Chacón Mobarec, inició el proceso ordinario de nulidad de cláusula arbitral contra Claudia Jimena Pinto de Podio, quien una vez citada, no contestó a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta que en audiencia se dictó Sentencia de 06 de marzo de 2020, cursante de fs. 205 vta., a 206 y a fs. 214 y vta., donde el Juez Público Civil y Comercial 10° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra declaró PROBADA la demanda.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Claudia Jimena Pinto de Podio según memorial cursante de fs. 218 a 219 vta., de obrados; la Sala Segunda Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista N° 87/2020 de 27 de noviembre, cursante de fs. 246 a 248 de obrados, CONFIRMANDO la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Claudia Jimena Pinto de Podio según memorial cursantes de fs. 253 a 254 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Mostrando 16 de 32 parrafos.