Volver a sentencias
TSJ

AS/0130/2016

Tribunal Supremo de Justicia
5 de mayo de 2016Social 1eraMag. Jorge Isaac Von Borries Méndez
Proceso
Coactivo Social
Sala
Social 1era
Año
2016

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 130

Sucre, 05 de mayo de 2016

Expediente : 369/2015-A

Demandante : Caja Nacional de Salud

Demandado : Empresa “Carlos Caballero” S.R.L.

Materia : Coactivo Social

Distrito : Santa Cruz

Magistrado Relator : Dr. Jorge Isaac von Borries Méndez

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por la Caja Nacional de Salud (CNS) regional Santa Cruz, a través de su representada legal Enrique Conde Gareca, de fs. 277 a 278, contra el Auto de Vista N° 175 de 4 de mayo de 2015, de fs. 266 a 267 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; en la demanda coactiva social interpuesta por la CNS regional Santa Cruz contra la Empresa “Carlos Caballero” S.R.L., representada legalmente por Carlos Diego Caballero; la respuesta de fs. 281 a 282; el Auto Nº 365 de 6 de octubre de 2015 a fs. 285 que concedió el recurso; los antecedentes procesales; y:

CONSIDERANDO I:

I.1. Antecedentes del proceso

I.1.1. Auto Interlocutorio

Planteada la demanda coactiva social por parte de la CNS regional Santa Cruz, Carlos Diego Caballero en representación de la Empresa “Carlos Caballero” S.R.L., interpuso excepción de pago documentado y de falta de fuerza coactiva, resolviendo las mismas el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del departamento de Santa Cruz, pronunció el Auto de 13 de febrero de 2014, de fs. 230 a 232 vta., declarando probada la excepción de pago documentado con relación a los aportes devengados e intereses, multa de 10% y gastos judiciales; señalando: “así mismo, con las mismas facultades, corresponde modificar la Nota de Cargo de FS. 4 y aplicar la multa establecida en el parágrafo II del Decreto Supremo 25714 de 23 de marzo del 2000, de acuerdo a los datos establecidos en la parte considerativa por lo ordeno la empresa Carlos Caballero SRL (…) para que a tercero día de ejecutoriado el presente pague a la Caja Nacional de Salud la suma de Bs. 48.808,38”; de igual manera determinó que, la CNS en cumplimiento de lo dispuesto en la reglamentación INASES, proceda a realizar los trámites en las instancias correspondientes, con la finalidad de que haga prevalecer sus derechos respecto de los aportes realizados por la Empresa “Carlos Caballero” S.R.L., a la Caja de Caminos.

I.1.2. Auto de Vista

En conocimiento de esta determinación la CNS regional Santa Cruz, interpuso recurso de apelación, que fue resuelto por el Auto de Vista N° 175 de 4 de mayo de 2015, de fs. 266 a 267 vta., por el cual la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, confirmó el Auto de fecha 13 de febrero de 2014, que fue objeto de apelación.

1.1.3. Motivos de los recursos de casación

En conocimiento del señalado Auto de Vista, la CNS a través de Enrique Conde Gareca, formula recurso de casación de fs. 277 a 278, señalando lo siguiente:

Alega que, el Tribunal de Alzada en su Resolución de Vista, indicó que, el Auto objeto de apelación valoró todas las pruebas aportadas por ambas partes, y no se constató ninguna falta, como tampoco se constató vulneración a los principios procesales, por lo que, no se habría causado ninguno de los agravios señalados en la apelación.

Mostrando 20 de 39 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Caja Nacional de Salud
Demandado
Empresa “Carlos Caballero” S.R.L.
Proceso
Coactivo Social
Magistrado relator
Jorge Isaac Von Borries Méndez

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Procesos / Coactivo social / Recursos / Casación / Improcedente/Infundado
Tribunal Supremo de Justicia5 de mayo de 2016AS/0130/2016Fuente oficial