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TSJ

AS/0130/2022

Tribunal Supremo de Justicia
8 de abril de 2022Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez
Proceso
Coactivo Fiscal
Sala
Social 2da
Año
2022

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 130/2022

Sucre, 08 de abril de 2022

Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 46/2017.

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.

VISTOS: De los antecedentes y revisión de los datos del proceso, se tiene el recurso de casación deducido por Rodolfo Daniel Galdo Asbún, de fs. 4083 a 4097 en representación del Consorcio Odebrecht - Apolo - IASA (COAI), en mérito al testimonio Poder 376/2018 de 23 de abril, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública de Primera Clase a cargo de la Dra. Evangelina Rodríguez Zaconeta; y, el recurso de casación interpuesto por Carlos Sanchez Soruco de fs. 4112 a 4127 vta., ambos contra el Auto de Vista Nº 289 de 19 de agosto de 2010, de fs. 3923 a 3927, dentro del proceso Coactivo Fiscal, que sigue el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, contra los recurrentes.

CONSIDERANDO I.

Antecedentes del proceso.

Que, el Juez Primero en Materia Administrativa Coactiva Fiscal y Tributaria, emitió la Sentencia Nº 01/2016 de 16 de enero, de fs. 3720 a 3722 vta., declarando PROBADA la demanda de fs. 334 a 33, interpuesta por José María Bacovik Tiurigas, en calidad de Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Caminos, contra Carlos Sánchez Soruco, Carlos Enrique Gumucio Moreno y Ronald Barrientos Porcel en forma solidaria con el Consorcio ODEBRECHT- APOLO IASA (COAI), debiendo los coactivados cancelar los adeudos al Estado en moneda nacional y su consiguiente actualización en previsión de los arts. 389 de la Ley 1178 y art. 20 del Procedimiento Coactivo Fiscal. Asimismo, dispone girar el pliego de cargo contra los coactivados, manteniendo las medidas precautorias dispuestas en el Auto de Solvendo, calificando las costas procesales en Bs.800.

Deducidos los recursos de apelación, la Sala Social, Administrativa, de la Corte Superior de Distrito del Departamento de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 289/2010 de 19 de agosto, de fs. 3923 a 3927 vta., CONFIRMA en todas sus partes la Sentencia de primera instancia y el Auto de fs. 3787 y vta., dictados por el Juez Primero en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria, dentro del Proceso Coactivo Fiscal seguido por el Servicio Nacional de Caminos, contra Consorcio ODEBRECHT APOLO IASA (COAI), con costas.

Determinación que motivò la interposición de los recursos de casación por ambas partes; en consecuencia, se emitió el Auto Supremo 645/2020 de 24 de noviembre; que, CASA el Auto de Vista recurrido 289/2010, de fs. 3923 a 3927 vta., y el Auto de Vista Complementario 426/2014 de 10 de octubre (fs. 3938), y deliberando en el fondo, declara IMPROBADA la demanda de fs. 334 a 335 vta.; disponiendo en consecuencia, dejar sin efecto el Dictamen de Responsabilidad Civil CGR-1/D-050/2002, el informe de Auditoria EL/EP27/G97-R2, el Informe Ampliatorio EL/EP27/G97-A2 y el Informe Complementario EX/EP27/G97-CA; igualmente, se deje sin efecto la Nota de Cargo 221/203 de fs. 34, Nota de Cargo 222/2003 de fs. 341, Nota de Cargo 223/2003 de fs. 342, Nota de Cargo 224/2003 de fs. 343, Nota de Cargo 225/2003 de fs. 344 y Nota de Cargo 226/2003 de fs. 345; debiendo levantar las medidas precautorias impuestas.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Demandado
Rodolfo Daniel Galdo Asbún
Proceso
Coactivo Fiscal
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia8 de abril de 2022AS/0130/2022Fuente oficial