Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº 142/2012
EXPEDIENTE: S.562/2008
PARTES: Oscar Zoleto Escaffi c/ Empresa SIRTI BOLIVIA S.A.
PROCESO: Beneficios Sociales
DISTRITO: La Paz
VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo de fojas 232 a 231 y vuelta, interpuesto por Celso Alfonzo Rossell Simón en representación de la Empresa SIRTI BOLIVIA S.A.; del Auto de Vista No. 113/08 SSA-I de fecha 14 de abril de 2008 (fojas 224 y vuelta), dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Oscar Zoleto Escaffi contra el recurrente, la contestación de fojas 234 a 235 y vuelta, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 073/2006 de 30 de septiembre de 2006 (fojas 194 a 198), Auto Complementario de 5 de enero de 2007 (fojas 201), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 41 a 43 y vuelta y subsanado a fojas 45 y vuelta, sin costas, de acuerdo a la siguiente liquidación:
Tiempo de Servicio: 2 años, 7 meses y 14 días
Sueldo promedio indemnizable: Bs.14.550
Indemnización: Bs. 38.153,33
Desahucio Bs. 43.650,00
Vacación duod. Ene. y Feb. (Gest. 05) Bs. 970,00
Salarios devengados Enero y Febrero (Gest.05) Bs. 19.400,00
TOTAL Bs. 102.173,33
Agrega los montos referentes a la indemnización y desahucio serán indexados en ejecución de fallos de conformidad al Decreto Supremo Nº 23381 de fecha 29 de diciembre de 1992.
En grado de apelación, por Auto de Vista No. 113/08-SSA-I de 14 de abril de 2008 (fojas 224 y vuelta), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, confirmó la Sentencia y su Auto Complementario apelado.
Que, contra el referido Auto de Vista, el demandado interpuso recurso de casación en el fondo, en el que señala:
a) Violación de la Ley General del Trabajo en su artículo 16 Inciso d) modificado por el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 1592 de 19 de abril de 1942
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