Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N° 144-A
Sucre, 17 de junio de 2016
Expediente : 188/2016-S
Demandante : Helen Tatiana Zenteno Candiguiri
Demandado : María Eugenia Antúnez Vega
Materia : Laboral - Beneficios Sociales
Departamento : Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por María Eugenia Antúnez Vega, de fs. 203 a 204, contra el Auto de Vista N°285/2013 de 6 de noviembre de 2013, cursante a fs. 136 a 140, pronunciado por la Sala Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral seguido por Helen Tatiana Zenteno Candiguiri.
Recurso concedido mediante Auto N° 483/15 de 24 de diciembre de 2015 por la Sala social Contenciosa Tributario y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca a fs. 211.
CONSIDERANDO I:
CONSIDERACIONES PREVIAS
Que en materia laboral, conforme al art. 252del Código Procesal del Trabajo "los aspectos no previstos" en dicha Ley "se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral".
Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido un sistema recursivo propio, el trámite del recurso de casación se lleva adelante conforme las disposiciones expresas de la Ley N° 439, en vigencia desde el 6 de febrero de 2016. Por tal razón se aplica la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, en "PROCESOS DE SEGUNDA INSTANCIA CASACIÓN".
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