Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 144/2021 Fecha: 26 de febrero de 2021
Expediente: O-5-21-S.
Partes: Angélica Valdivia Ayma c/ Eulalio Villca Lupinta y Victoria Abigail Blacutt Ramírez.
Proceso: Reivindicación y resarcimiento de daños y perjuicios.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 279 a 281 vta., interpuesto por Victoria Abigail Blacutt Ramirez, contra el Auto de Vista N° 254/2020 de 01 de diciembre de fs. 267 a 276, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia de la Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso de reivindicación y resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Angélica Valdivia Ayma contra Eulalio Villca Lupinta y la recurrente; la respuesta al recurso de casación de fs. 285 a 286 vta., el Auto de concesión de 14 de enero de 2021, cursante a fs. 288; el Auto Supremo de Admisión N° 096/2021-RA de 02 de febrero, de fs. 294 a 295; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez Público Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Oruro, pronunció la Sentencia Nº 10/2019 de 30 de octubre, de fs. 228 a 230, que declaró: PROBADA EN PARTE la demanda principal de fs. 38 a 39 y ampliación a fs. 115, referente a la acción de reivindicación e IMPROBADA en cuanto al resarcimiento de daños y perjuicios.
La citada Sentencia fue apelada por Victoria Abigail Blacutt Ramírez, mediante memorial de fs. 234 a 236, a cuyo efecto la Sala Civil, Comercial, de Familia de la Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante el Auto de Vista N° 254/2020 de 01 de diciembre de fs. 267 a 276 vta., CONFIRMÓ el Auto interlocutorio de 01 de octubre de 2019, y CONFIRMÓ la Sentencia apelada, señalando que el Juez A quo falló conforme a ley, no teniendo sustento legal los agravios expuestos por la demandada.
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