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TSJ

AS/0145/2009

Tribunal Supremo de Justicia
16 de junio de 2009Social 2daMag. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
Proceso
Reclamación
Sala
Social 2da
Año
2009

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 145

Sucre, 16 de junio de 2.009

DISTRITO: Oruro PROCESO: Reclamación

PARTES: Ninoska Balbina Machicado Heredia c/ SENASIR.

MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte.

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 153-154, interpuesto por Héctor Montoya Zárate, Administrador de la oficina Regional de Oruro del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 153/2007 de 23 de mayo de 2007 (fs. 146-147), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del trámite de reclamación sobre calificación de renta única de vejez con reducción de edad seguido por Ninoska Balvina Machicado Heredia contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 158, el dictamen fiscal de fs. 162-163, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el recurso de reclamación de fs. 70-71, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, emitió la Resolución Nº 1763.06 de 31 de octubre de 2006 (fs. 118-120) revocando la Resolución Nº 004288 de 12 de abril de 2004 (fs. 59) pronunciado por la Comisión de Calificación de Rentas, disponiendo se considere como fecha de nacimiento de la recurrente el 10 de diciembre de 1949 y efectuarse el recálculo de la renta única de vejez con reducción de edad con fecha de inicio febrero de 2006.

En grado de apelación, interpuesto por la actora mediante memorial de fs. 125-126, por Auto de Vista Nº 153/2007 de 23 de mayo de 2007 (fs. 146-147), se revoca la Resolución Nº 1763.06 de 31 de octubre de 2006 y dispone que la renta única de vejez con reducción de edad, se recalcule a favor de la asegurada Ninoska Balvina Machicado Heredia, tomando en cuenta como fecha de nacimiento 10 de diciembre de 1949, a ser cancelada con carácter retroactivo desde la fecha de presentación del trámite.

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 153-154, planteado por el representante del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, quien haciendo una relación circunstanciada del trámite, acusa que el tribunal de alzada no ha considerado los elementos constitutivos del tipo social a los que se hizo referencia en la Resolución Nº 1763.06, al tomar en cuenta el trámite de rectificación de matrícula con referencia al año de nacimiento de 51 a 49, datos contradictorios que son proporcionados por la asegurada voluntariamente y corroborados con la información del Sistema Informático de la Compensación de Cotizaciones; violando las normas que rigen materia social como el art. 23 del Manual de Prestaciones, Resolución Administrativa Nº 001, Resolución Ministerial Nº 266, arts. 539, 471 y 477 del Rgto. del Cód. Seg. Soc..

Con estos argumentos, impetra se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo se confirme la Resolución Nº 1763.06 de 31 de octubre de 2006.

CONSIDERANDO II: Que del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente o no, previa revisión minuciosa del expediente, se colige:

I. Consta en obrados que la Comisión de Calificación de Rentas, dictó la Resolución Nº 004288 de 12 de abril de 2004 (fs. 59), otorgando a favor de Ninoska Balvina Machicado Heredia, renta única de vejez con reducción de edad, a ser pagada a partir del mes de diciembre de 2003; la misma que por Resolución Nº 1763.06 de 31 de octubre de 2006 emitida por la Comisión de Reclamación, es revocada, disponiendo se considere como fecha de nacimiento de la recurrente el 10 de diciembre de 1949 y efectuarse el recálculo de la renta única de vejez con reducción de edad con fecha de inicio febrero de 2006.

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Criterio

la asegurada a tiempo de solicitar la renta única de vejez con reducción de edad, presentó todos los documentos exigidos por el Manual de Prestaciones, consiguientemente no procede la aplicación del art. 471 del R.C.S.S

Datos del proceso

Demandante
Ninoska Balbina Machicado Heredia
Demandado
SENASIR.
Proceso
Reclamación
Magistrado relator
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

Descriptores

Derecho de la Seguridad Social / Largo plazo / Renta de vejez
Tribunal Supremo de Justicia16 de junio de 2009AS/0145/2009Fuente oficial