Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 145/ 2013
Sucre: 2 de abril 2013
Expediente: B- 4-13-S
Partes: Guillermo Soruco Roca. c/ Silvia Graciela Ishii Cossio.
Proceso: Divorcio
Distrito: Beni
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 156 a 157, interpuesto por Guillermo Soruco Roca contra el Auto de Vista de fecha 08 de junio de 2012, cursante de fs. 143 a 144 de obrados, pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, en el proceso de divorcio seguido por Guillermo Soruco Roca contra Silvia Graciela Ishii Cossio, la concesión de fs. 170, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Mixto de Riberalta, del Departamento del Beni dicta la sentencia de fecha 04 de enero de 2012, cursante de fs. 126 a 128 vlta., declarando probada la demanda e improbada la reconvención.
Resolución de fondo que es apelada por Silvia Graciela Ishii Cossio, por escrito de fs. 131 a 134; y como consecuencia de ello se dicta el Auto de Vista de fecha 08 de junio de 2012, cursante de fs. 143 a 144 que revoca parcialmente la Sentencia Nº 01/2012 de fecha 04 de enero de 2012, y en el fondo declara improbada la demanda de divorcio; Resolución de Alzada que es recurrida de casación en el fondo por Guillermo Soruco Roca, que merece el presente análisis.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN.
El recurso presenta los siguientes puntos de consideración:
Se acusa la violación, interpretación y errónea o aplicación indebida del art. 131 del Código de Familia, que de acuerdo a esta norma legal las partes deben demostrar única y exclusivamente la separación libre y consentida por más de dos años, sin importar la causa o motivo que hubiese mediado para la separación, disposición clara y determinante que no admite ninguna otra justificación.
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