Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo Nº : 146 /2014
Fecha : Sucre, 18 de Junio de 2014
Distrito : Cochabamba
Expediente Nº : 533/2009
Partes :Erasmo Blanco Calizaya c/ H. Alcaldía Municipal de Quillacollo, representada legalmente por Ramiro Baldiviezo Vargas Director de Asesoría Legal por mandato legal de Marcelo Galindo Gómez, Alcalde Municipal de Quillacollo.
Proceso : Pago de Beneficios Sociales
Recurso : Casación
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VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 200 a 201 y vta., interpuesto por Ramiro Baldiviezo Vargas Director de Asesoría Legal por mandato legal de Marcelo Galindo Gómez, Alcalde Municipal de Quillacollo, en contra del Auto de Vista Nº 195/2009 de 09 de junio de 2009 de fs. 189 a 190 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del Proceso Social por Pago de Beneficios Sociales seguido por Erasmo Blanco Calizaya contra la entidad recurrente; la respuesta de fs. 205 y vta.; los antecedentes del Proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo, administrando justicia en primera instancia, a nombre de la Ley y en virtud de la jurisdicción especial que por ella ejerce, dicta la Sentencia de 15 de septiembre de 2007, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 5 a 7 de obrados, esto en lo que respecta al Pago de Indemnización, Aguinaldo por 5 duodécimas y 2 días, Vacación por una gestión y 4 duodécimas, e IMPROBADA en los demás puntos demandados, conminándose en consecuencia a la Honorable Alcaldía Municipal de Quillacollo para que por intermedio de su titular actual, Dr. Hugo Cesar Miguel Candía a dar y Pagar a Erasmo Blanco Calizaya dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia bajo conminatoria de Ley la suma de Bs 43.130,51 conforme a la liquidación que a continuación sigue con más los reajustes establecidos por el Decreto Supremo Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992.
TIEMPO DE SERVICIOS: 9 años, 4 meses y 20 días
SUELDO INDEMNIZABLE: Bs. 3.533,60.-
INDEMNIZACIÓN: Bs. 33.176,24.-
AGUINALDO: 5 duodécimas y 2 días/2005 Bs. 1.491,82.-
VACACIÓN: 1 gestión y 4 duodécimas /26 días Bs. 3.062,45.-
DIFERENCIA O NIVELACIÓN: Bs. 5.400,00.-
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