Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 151
Sucre: 26 de abril de 2013
Expediente: SC-27-08-S
Proceso: Ordinario doble de reconocimiento de mejor derecho propietario y otros.
Partes: Gabriel López Morezapire c/ María Luisa Iraipi Bejarano y otra.
Distrito: Santa Cruz
Segunda Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
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I.- VISTOS:
1.- El recurso de casación en el fondo, interpuesto por Julio Cesar López Vaca, en representación de Gabriel López Morezapiri, de fojas 432 a 434, contra el Auto de Vista Nº 326 de 7 de julio de 2007, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario doble de reconocimiento de mejor derecho propietario, acción negatoria, desocupación y entrega de inmueble y pago de daños y perjuicios, seguido por Gabriel López Morezapire en contra de María Luisa Iraipi Bejarano y Sonia Cinthia Céspedes Iraipi, los antecedentes y;
II.- CONSIDERANDO:
2.1. Antecedentes del Proceso.- Que, mediante sentencia de fojas 400 a 404 de obrados, pronunciado por el Juez de Partido Octavo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, se declaró improbadas la demanda principal de fojas 10 a 11 y la demanda reconvencional de 31 a 32 vuelta y de fojas 44 a 46 vuelta y las excepciones opuestas, sin costas.
Que, en grado de apelación, interpuesto por Julio Cesar López Vaca, en representación de Gabriel López Morezapiri, de fojas 406 a 407 vuelta, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista Nº 326 de 7 de julio de 2007, confirma la sentencia apelada, sin costas.
Contra el referido Auto de Vista, por memorial de fojas 432 a 434, Julio Cesar López Vaca, en representación de Gabriel López Morezapire, interpone recurso de casación en el fondo, que a continuación se compendia.
III.- CONSIDERANDO:
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