Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 151/2018-RA
Sucre: 19 de marzo de 2018
Expediente: SC-20-18–S
Partes: Marcelino Peña Moreno. c/ María Magali Castro Bustamante.
Proceso: Declaratoria de propiedad sobre mejoras introducidas y otros.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 643 a 647 vta., interpuesto por María Magali Castro Bustamente a través de su representante legal Manuel Jesús Hurtado Antelo, contra el Auto de Vista Nº 197/2017 de fecha 24 de octubre, cursante de fs. 638 a 641, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Domestica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de declaratoria de propiedad sobre mejoras introducidas y otros, seguido por Marcelino Peña Moreno contra María Magali Castro Bustamante, la concesión de fs. 655; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Tramitada la causa de referencia, el Juzgado Público Civil y Comercial Tercero de la Capital Distrito Judicial de Santa Cruz de la Guardia Departamento de Santa Cruz, pronunció Sentencia Nº 111/2016 de 23 de junio, cursante de fs. 586 a 588 vta., que declara PROBADA EN PARTE la demanda de declaratoria de propiedad sobre mejoras introducidas cursante a fs. 21 a 23 e IMPROBADA en cuanto al pago de daños y perjuicios, con las disposiciones establecidas en dicha resolución. Fallo de primera instancia que es recurrido de apelación por María Magali Castro Bustamante que mereció el Auto de Vista Nº 197/2017 de fecha 24 de octubre que CONFIRMA en todas sus partes el Auto de fecha 02 de junio de 2016 y la Sentencia apelada; fallo que a su vez es recurrido de casación por la demandada, que es objeto de análisis de la presente resolución en relación a los requisitos de admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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