Texto del fallo
AUTO SUPREMO Nº 152/2014
Sucre, 03 de junio de 2014
EXPEDIENTE: S.698/2009
DISTRITO: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fojas 247 a 249 y vuelta, interpuesto por Carla Isabel Márquez Cabezas, en representación legal del Instituto Nacional de Seguros de Salud INASES, en virtud de la Resolución Ministerial Nº 916 de 25 de septiembre de 2009 (fojas 246) contra el Auto de Vista Nº 189/09 de 14 de agosto de 2009, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fojas 243 y vuelta), dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Orlando Daza Calderón contra la entidad recurrente, el memorial de respuesta de fojas 253 a 254, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Quinto de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz en suplencia legal, emitió la Sentencia Nº 85/2008 de 2 de diciembre de 2008 (fojas 137 a 141), declarando PROBADA EN PARTE la demanda social de fojas 8 a 9 y vuelta, y PROBADA EN PARTE la excepción perentoria de pago opuesta por la parte demandada de fojas 40 a 43 de obrados, debiendo el Instituto Nacional de Seguros de Salud INASES, a través de su representante legal cancelar al actor de acuerdo a la siguiente liquidación:
ORLANDO DAZA CALDERÓN
Tiempo de servicios: Primer periodo 8 meses y 12 días (19 de septiembre de
2006 al 1 de junio de 2007)
Sueldo promedio indemnizable Bs. 6.586,67
8 meses Bs. 4.391,04
12 días Bs. 219,48
INDEMNIZACIÓN: Bs. 4.610,52
DESAHUCIO: Bs. 19.760,01
TOTAL Bs. 24.370,53
Monto que en ejecución de fallos deberá ser actualizado conforme a Ley.
En grado de apelación, formulado por ambas partes, el Instituto Nacional de Seguros de Salud INASES representado por Romel Yuri Rivero Herbas (fojas 219 a 220 y vuelta) en su condición de Director General Ejecutivo de acuerdo a Resolución Ministerial Nº 0002 de 8 de enero de 2009 (fojas 15) y Orlando Daza Calderón (fojas 224 a 226), por Auto de Vista Nº 189/09 de 14 de agosto de 2009, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fojas 243 y vuelta), CONFIRMÓ EN PARTE la Sentencia Nº 85/2008 de 2 de diciembre de 2008, debiendo la entidad demandada cancelar al actor conforme a la siguiente liquidación, sin costas por existir doble apelación.
ORLANDO DAZA CALDERÓN
Tiempo de servicios: 8 meses y 12 días
Sueldo promedio indemnizable Bs. 6.586,67
INDEMNIZACIÓN: Bs. 4.610,52
DESAHUCIO: Bs. 19.760,01
TOTAL PARCIAL Bs. 24.370,01
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