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TSJReiteradora

AS/0154/2021

Tribunal Supremo de Justicia
1 de marzo de 2021Civil

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EL TIEMPO TRANSCURRIDO NO ES TRASCENDENTAL SINO SE ACREDITA DOMINIO/ El dominio sobre la cosa, para los efectos jurídicos consiste en el prolongado ejercicio de actos que denotan la intención de…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Civil Sustantivo / Derechos Reales / Usucapión / Improcedencia / Usucapión Extraordinaria / Por no tener la posesión o animus domini

La recurrente señala que el Auto de Vista Nº 48/2020 de 25 de noviembre, aplica erróneamente los arts. 87 y 138 del Código Civil, en ese entendido refiere que se vulneró lo previsto por los arts. 1287.I, 1289.I y 1538 del mismo cuerpo legal, porque no se valoró el Testimonio Nº 76 de 12 de mayo de 1…

Proceso
Usucapión extraordinaria.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 154/2021

Fecha: 01 de marzo 2021

Expediente: PT-4-21-S.

Partes: Sebastiana Mollo c/ Rosa Toro Vda. de Chávez y otros.

Proceso: Usucapión extraordinaria.

Distrito: Potosí.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 579 a 581, interpuesto por Sebastiana Mollo mediante su representante Fausto Iporre Durán, en contra del Auto de Vista Nº 48/2020 de fecha 25 de noviembre, cursante de fs. 570 a 577, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro el proceso ordinario sobre usucapión extraordinaria, seguido por la recurrente contra de Rosa Toro Vda. de Chávez y otros; la respuesta de fs. 584 a 585 vta.; el Auto de concesión de fecha 13 de enero de 2021 cursante a fs. 589; el Auto Supremo de Admisión Nº 97/2021-RA de 02 de febrero de fs. 596 a 597 vta.; los demás antecedentes procesales; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. El Juez Público Civil y Comercial Nº 2 de Uyuni-Potosí, pronunció la Sentencia Nº 02/2018 de 13 de junio, cursante de fs. 520 a 542 vta., por la que declaró IMPROBADA la demanda principal de fs. 17 a 18 subsanada por memorial de fs. 21 a 22, e IMPROBADA la acción reconvencional de reivindicación cursante de fs. 37 a 38 vta., subsanada a fs. 41 y vta.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Ernesto Cáceres Arce en representación de Raúl Rodas Chávez, mediante el memorial de fs. 545 a 546 y Sebastiana Mollo mediante memorial de fs. 547 a 548; a cuyo efecto la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante el Auto de Vista Nº 48/2020 de fecha 25 de noviembre de fs. 570 a 577, CONFIRMÓ la Sentencia mencionada, arguyendo que la parte actora, no cumplió con uno de los requisitos relativos al instituto de la usucapión, siendo que para la admisión de esta demanda se debe adjuntar un certificado de Derechos Reales o folio real individualizado del bien inmueble objeto del proceso con la finalidad de corroborar quien es el actual titular del inmueble y garantizar su derecho a la defensa, razón por la cual incumpliría el requisito principal de la acción de reivindicación.

3. Esta resolución fue impugnada mediante el recurso de casación de fs. 579 a 581, interpuesto por Sebastiana Mollo representada por Fausto Iporre Duran, el cual se analiza.

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Datos del proceso

Demandante
Sebastiana Mollo
Demandado
Rosa Toro Vda. de Chávez y otros.
Proceso
Usucapión extraordinaria.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia1 de marzo de 2021AS/0154/2021Fuente oficial