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TSJ

AS/0156/2013

Tribunal Supremo de Justicia
8 de abril de 2013Civil IMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Acción Pauliana, revocación de acto de disposición y nulidad de transferencia
Sala
Civil I
Año
2013

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 156/2013

Sucre: 08 de Abril 2013

Expediente: P - 1 - 13 - S

Partes: Hugo Badani Montaño c/ Gustavo Aramayo D' Emilio (Menor) y Gerardo Aramayo Tovar (Padre)

Proceso: Acción Pauliana, revocación de acto de disposición y nulidad de transferencia

Distrito: Pando.

VISTOS: Los recursos de casación en la forma y en el fondo de fs. 763 a 764 vlta. interpuesto porFausto Yugar Cárdenas, abogado y apoderado de Luis Freddy Aguirre Soria y el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 766 a 769 vlta. interpuesto por Guillermo Torres López, Abogado y apoderado de Hugo Badani Montaño, ambos contra el Auto de Vista Nº 173 de fecha 26 de noviembre de 2012, cursante de fs. 758 a 760, pronunciado por la Sala Civil, Social, de Familia, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso ordinario de Acción Pauliana, Revocación de Acto de Disposición y Nulidad de transferencias, interpuesta por Hugo Badani Montaño en contra del menor Gustavo Aramayo D' Emilio y Gerardo Aramayo Tovar, representado el primero por su nombrado padre y su madre Norma Esther D' Emilio Suarez; las contestaciones a los recursos de fs. 772 a 773 y de fs. 776; el Auto de concesión de fs. 777; los antecedentes procesales, y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Hugo Badani Montaño, de fs. 25 a 27 interponen demanda ordinaria de Acción Paulina, Revocación de Acto de Disposición y Nulidad de Transferencias, contra el menor de edad Gustavo Aramayo D' Emilio y su padre Gerardo Aramayo Tovar, indicando que en el año 1992 realizó un préstamo en favor del padre del menor, quien le dio en garantía una serie de cheques, sin embargo el deudor no honró su deuda y después de mucha insistencia para obtener el pago logró que en fecha 17 de marzo de 2002 que el deudor suscribiera un contrato de préstamo por $US. 20.000; de esa manera a pedido reiterado del acreedor fueron renovándose los documentos respaldatorios por parte del deudor a fin de impedir la prescripción de la deuda, y al vencimiento de esta última obligación interpuso demanda ejecutiva, sin embargo ante la inexistencia de bienes a nombre del deudor imposibilitó la ejecución de la Sentencia, quedando sorprendido al enterarse que el deudor había disminuido fraudulentamente sus bienes para evitar se diera cumplimiento forzoso al pago de la deuda, transfiriendo su bien inmueble de 735,92 mts2. a su hijo menor de edad Gustavo Aramayo D' Emilio, de modo que el deudor aparece como insolvente, por lo que al amparo del art. 1446 y siguientes del Código Civil, interpone Acción Pauliana en contra del indicado menor de edad representado por su padre, como también la demanda lo dirige contra el mismo padre Gerardo Aramayo Tovar, pidiendo la revocatoria de las trasferencias del inmueble realizada por este último; acción a la cual posteriormente los hijos del demandante se suman en calidad de terceristas coadyuvantes.

Los padres del menor demandando a través de su apoderado, de fs. 110 a 112 responden de manera negativa y oponen excepciones perentorias de impersonería o incapacidad del demandante como del apoderado, impersonería o incapacidad de la demandada, pago documentado y reconvienen por anulabilidad del documento de préstamo y reconocimiento de confesión extrajudicial espontánea; puesta en conocimiento la demanda reconvencional, el demandante plantea excepción de obscuridad e impersonería en el apoderado y sus poderdantes, prescripción de la anulabilidad y cosa juzgada emergente del proceso ejecutivo.

Como también Luis Freddy Aguirre Soria integrado a la litis, a través de su apoderado inicialmente plantea incidente de nulidad, luego tercería de dominio excluyente, ambas pretensiones fueron desestimadas y finalmente decide asumir defensa como demandando, argumentando ser adquirente de buena fe del inmueble.

Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cobija, mediante Sentencia Nº 050/2011 de fecha 24 de diciembre de 2011 cursante de fs. 675 a 683, declaró IMPROBADA la demanda principal; sin lugar a la excepción de pago documentado contra la demanda principal; IMPROBADA la demanda reconvencional de anulabilidad de documento; sin lugar a la excepción de cosa juzgada contra la demanda reconvencional y finalmente declara PROBADA la excepción de prescripción contra la demanda reconvencional.

En apelación la Sentencia Nº 050/2011, interpuesto por el apoderado del demandante principal como también por el padre del menor demandado, por Auto de Vista Nº 64/2012 de fecha 16 de mayo de 2012, se anula la Sentencia y por Auto Supremo Nº 366/2012 de 25 de septiembre ANULA el indicado Auto de Vista, disponiendo que el Tribunal de Alzada pronuncie un nuevo fallo; en cumplimiento de ese mandato, la Sala Civil, Social, de Familia, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por Auto de Vista Nº 173 de fecha 26 de noviembre de 2012 cursante de fs. 758 a 760, CONFIRMA PARCIALMENTE la Sentencia de fs. 675 en su punto 1 en cuanto declara improbada la demanda con relación al menor demandado y revoca parcialmente respecto al mismo punto con relación al integrado a la litis Luis Freddy Aguirre Soria, ordenando a DD.RR. dejar sin efecto el Asiento Nº 2 de la columna A) de titularidad sobre dominio, en la Partida correspondiente al Folio Real Nº 9.01.1.01.0000831; en contra de esta Resolución de segunda instancia, el apoderado de Freddy Aguirre Soria (integrado a la litis) y el apoderado del demandante principal Hugo Badani Montaño, de manera separada recurren en casación en la forma y en el fondo.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Los recurrentes a través de sus respectivos apoderados interponen recurso de casación en la forma y en el fondo, de cuyo contenido se puede resumir lo siguiente:

1.- Recurso de casación de Hugo Badani Montaño:

El recurrente interpone recurso de casación en la forma invocando el art. 254 y casación en el fondo por el art. 253, ambos del Código de Procedimiento Civil sin especificar en ninguno de los recursos las causales previstas en dichos artículos.

1.1. En la forma, acusa como norma violada el Auto Supremo Nº 366/2012 de 25 de septiembre de 2012 anulatorio del Auto de Vista Nº 64 de fs. 717 a 720, como así la violación del art. 236 del Código de Procedimiento Civil. indicando que el Auto de Vista recurrido es incongruente y carente de fundamentación.

Refiere que el fallo carece de fundamentación legal ya que en ninguna parte del ordenamiento jurídico nacional señala que las normas de la Acción Pauliana no son aplicables cuando el tercero adquiriente es un menor de edad, calificándolo a este último como "peón" en el fraude preparado por su padre.

En base a esos antecedentes, solicita se anule el Auto de Vista recurrido y se disponga se emita una nueva Resolución de manera congruente.

1.2. En el fondo, cita nuevamente como normas violadas el Auto Supremo Nº 366/2012, acusando la violación de los arts. 1286, 1321 del Código Civil y 424 de su Procedimiento, además de hacer referencia al art. 6 de la Ley 2026 (Código del Niño, Niña y Adolescente).

Acusa error de derecho en la valoración de la prueba, como así violación e interpretación errónea de la ley.

Indica que, la acción paulina que es de índole patrimonial, nada tiene que ver con el menor ni su personalidad, ya que el tema en litigio no se refiere a los derechos familiares del menor que están incólumes.

A manera de comentario indica que el art. 6 de la Ley 2026 solo está referido a esa Ley en particular y no constituye una directriz para el desarrollo civil o las otras ramas del derecho; la normativa del derecho de los menores no puede convertirse en una manera de derogar el derecho en general y sus normas civiles.

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Datos del proceso

Demandante
Hugo Badani Montaño
Demandado
Gustavo Aramayo D' Emilio (Menor) y Gerardo Aramayo Tovar (Padre)
Proceso
Acción Pauliana, revocación de acto de disposición y nulidad de transferencia
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Apelación / Resolución / Fundamentación y motivaciónDerecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Apelación / Resolución / Fundamentación y motivación
Tribunal Supremo de Justicia8 de abril de 2013AS/0156/2013Fuente oficial