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TSJ

AS/0156/2016-A

Tribunal Supremo de Justicia
24 de junio de 2016Social 1eraMag. Jorge Isaac Von Borries Méndez
Proceso
Laboral – Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2016

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 156-A

Sucre, 24 de junio de 2016

Expediente : 200/2016-S

Demandante : Francisco Javier Bravo

Demandado : Empresa EMALINPER CATERING

Proceso : Laboral – Beneficios Sociales

Departamento : Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Oscar Hugo Pérez Saucedo, de fs. 323 a 325, contra el Auto de Vista Nº 280/2015 de 20 de diciembre de 2015, cursante a fs. 320, pronunciado por la Sala Social Contencioso Tributario y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral seguido por Francisco Javier Bravo.

Recurso concedido mediante Auto Nº 125/16 de 16 de mayo de 2016 por la Sala Social Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz a fs. 329.

CONSIDERANDO I:

CONSIDERACIONES PREVIAS

Que en materia laboral, conforme al art. 252 del Código Procesal del Trabajo “los aspectos no previstos” en dicha Ley “se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”.

Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido un sistema recursivo propio, el trámite del recurso de casación se lleva adelante conforme las disposiciones expresas de la Ley Nº 439, en vigencia desde el 6 de febrero de 2016. Por tal razón se aplica la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, en “PROCESOS DE SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN”.

Consiguientemente, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 277.I del Código Procesal Civil que señala: “recibidos los obrados, el Tribunal Supremo de Justicia, bajo responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a diez días, examinará si se cumplieron los requisitos previstos por el art. 274 del presente Código ...”

Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se cumplieron con tales presupuestos.

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Datos del proceso

Demandante
Francisco Javier Bravo
Demandado
Empresa EMALINPER CATERING
Proceso
Laboral – Beneficios Sociales
Magistrado relator
Jorge Isaac Von Borries Méndez
Tribunal Supremo de Justicia24 de junio de 2016AS/0156/2016-AFuente oficial