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TSJReiteradora

AS/0158/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2021Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Derechos laborales / Subsidio de frontera / Condición exigible para su pago

La parte recurrente manifiesta que se realizó una interpretación errónea de los alcances del art. 5.II del DS 27375 de 17 de febrero de 2004, así como, considera que tampoco se cumplió con la condición básica que establece el art. 12 de DS 21137, puesto que los Vocales no tomaron en cuenta la ubicac...

Proceso
proceso laboral
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 158/2021

Sucre, 16 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 450/2020

Distrito: Pando

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación, cursante de fs. 78 a 79 vta., interpuesto por Luis Adolfo Flores Roberts Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Pando representado legalmente por Toshio Apuri Salvatierra, contra el Auto de Vista Nº 228/20 de 9 de septiembre de 2020, cursante de fs. 72 a 74, pronunciado por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral seguido por Roger Quezada Padilla, contra la entidad edil recurrente, el Auto de 27 de octubre de 2020 que concedió el recurso, cursante a fs. 89 vta., el Auto de Admisión Nº 450/2020-A de 23 de noviembre, cursante a fs. 97 y vta., los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

I. Antecedentes del Proceso

I.1. Sentencia

Admitida la demanda y corrido el trámite del proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Cobija del departamento de Pando, emitió la Sentencia Nº 098 019 de 25 de abril de 2019, cursante de fs. 50 a 52, declarando probada la demanda e improbada la excepción perentoria de prescripción, sin costas, condenando el pago de la suma de Bs. 40.966 por subsidio de frontera de la siguiente manera:

SUBSIDIO DE FRONTERA

2009… 3 meses, total salario Bs. 7.416…20%: Bs. 1.483

2010… 9 meses, total salario Bs. 24.571…20%: Bs. 4.914

2011… 12 meses, total salario Bs. 36.161…20%: Bs. 7.232

2012… 11 meses, total salario Bs. 35.728…20%: Bs. 7.146

2013… 11 meses, total salario Bs. 58.624…20%: Bs. 11.725

2014… 12 meses, total salario Bs. 42.330…20%: Bs. 8.466

TOTAL Bs. 40.966

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Máxima

SUBSIDIO DE FRONTERA/ Es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales; sin discriminación de condición, status, situación o clase de trabajador, así este sea eventual, permanente, servidor público, particular, este derecho es adquirido por el solo hecho de prestar sus servicios dentro del límite impuesto.

Datos del proceso

Demandante
Roger Quezada Padilla
Demandado
Gobierno Autónomo Departamental de Pando
Proceso
proceso laboral
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Articulo 12 del Decreto Supremo N° 21137 de 30 de noviembre de 1985, Artículos. 48. III y IV de la Constitución Política del Estado Articulo 4 de la Ley General de Trabajo.

Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2021AS/0158/2021Fuente oficial