Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: No. 160 Sucre, 2 de junio de 2006
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público c/ Martha Virginia Pacheco de Bautista
Transporte de Sustancias Controladas
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VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 147 a 149 interpuesto por Martha Virginia Pacheco de Bautista impugnando el Auto de Vista Nº 776/05 de fecha 19 de diciembre de 2005, cursante a fojas 142 y 142 vuelta pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de la recurrente, por el delito de transporte de sustancias controladas, sancionado por el artículo 55 de la Ley Nº 1008.
CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 de la Ley Nº 1970, debiendo por tanto el recurrente interponer el recurso de casación dentro de los 5 días computables a partir de la notificación con el Auto de Vista pertinente, precisar los hechos similares y establecer la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
CONSIDERANDO: que la recurrente Martha Virginia Pacheco de Bautista manifiesta que en el Auto Supremo Nº 584 existe una situación de hecho similar en que se califica el delito como tentativa de transporte de sustancias controladas, en el mismo sentido sustenta el Auto de Vista de 13 de noviembre de 2002 el que sostiene que, al mantener la sentencia del Tribunal subsumiendo su conducta en el marco del artículo 55 de la Ley Nº 1008 en relación al artículo 8 del Código Penal, se establece que el fallo hace una correcta subsunción de esa conducta en "tentativa" de transporte, aspectos que contradicen el fallo recurrido; por todo lo cual solicita se admita su recurso y, consiguientemente, se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado.
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