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TSJ

AS/0165/2010

Tribunal Supremo de Justicia
2 de junio de 2010Civil IMag. Teófilo Tarquino Mujica
Proceso
Sala
Civil I
Año
2010

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Texto del fallo

SALA CIVIL

Auto Supremo: Nº 165 Sucre: 2 de Junio de 2010

Expediente: Nº 33/09 s

Partes: Carlos Lema Valencia c/ Freddy Riera Ayllón y otro

Distrito: Tarija

Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica

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VISTOS: El recurso de casación en la forma interpuesto por Freddy Riera Ayllón y María Cecilia Vargas de Riera de fs. 317 a 318 vlta., contra el Auto de Vista Nº 104/2009 de fs. 302 a 305 vlta., y el Auto complementario de fs. 306 vlta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso ordinario sobre caducidad de ejercer el derecho de rescate seguido por Carlos Lema Valencia en contra de Freddy Riera Ayllón y Maria Cecilia Vargas de Riera; la respuesta de fs. 320 a 322 vlta., el auto concesorio del recurso de fs. 323, los antecedentes procesales, y:

CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la ciudad de Tarija pronunció la Sentencia Nº 174/2003 de fs. 140 a 141 vlta., de obrados, declarando probada en todas sus partes la demanda de fs. 5 y vlta., e improbada la demanda reconvencional de fs. 36 a 39, disponiendo la caducidad del derecho de rescate sobre el inmueble ubicado en la zona "El Molino" , resolución complementada por auto de fs. 162 , a través del cual se declara consolidado el derecho propietario sobre el inmueble objeto del proceso a favor del actor; la entrega de los planos del inmueble, y su registro en Derechos Reales.

Contra dicha sentencia los demandados reconventores interponen recurso de apelación de fs. 156 a 157 vlta., el que luego de tramitado y concedido es resuelto por Auto de Vista de fs. 277 y vlta., contra esta resolución, se interpone recurso de casación de fs. 281 a 282 y, concedido que es éste recurso, en resolución mediante A.S. Nº 164/2009 de fs. 293 a 295, la Sala Civil de este Supremo Tribunal ANULA el Auto de Vista Nº 04/2007 de fs. 277 y vlta., ordenando que el Tribunal Ad quem, sin esperar turno y previo sorteo, dicte nuevo Auto de Vista pronunciándose sobre el fondo de la causa.

Devuelto el proceso al juzgado de origen, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Tarija, mediante Auto de Vista Nº 104/2009, cursante de fs. 302 a 305 vlta., confirma la Sentencia de fs. 140 a 141 vlta con costas.

Esta resolución dio lugar al recurso de casación en la forma de fs. 317 a 318 que se analiza, en el que los recurrentes, acusan: La violación de los arts 3 inc 3), 4 inc 4), 90 y 378 del Código de Procedimiento Civil, señalando que, tanto el juez A quo como el Tribunal Ad quem, no han cumplido con la obligación de dirigir el procedimiento para que las partes estén en igualdad de condiciones procesales, y dictar un fallo acorde con los puntos demandados y reconvenidos, convocando de oficio a los testigos y al perito de parte ofrecido, tomando en cuenta que esta prueba no ha sido producida por causas inimputables a sus personas, solicitando se anule obrados hasta el vicio mas antiguo, disponiendo que el juez a quo o el tribunal de apelación, recepcionen las pruebas propuestas, y dicten un fallo valorando la prueba ofrecida de su parte.

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Datos del proceso

Demandante
Carlos Lema Valencia
Demandado
Freddy Riera Ayllón y otro
Magistrado relator
Teófilo Tarquino Mujica
Tribunal Supremo de Justicia2 de junio de 2010AS/0165/2010Fuente oficial