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TSJReiteradora

AS/0166/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2021Social 2da

Máxima

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Resumen del caso

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Valoración

La parte recurrente aduce que Existe violación del art. 60. art. 151 y art. 152 del CPT, puesto que no se valoró la prueba de descargo que demuestra que los conceptos otorgados han sido pagados por el Banco, por lo que no corresponde un doble pago por los mismos ítems.

Proceso
proceso laboral de reliquidación de beneficios sociales

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 166/2021

Sucre, 16 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 481/2020

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.

VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 639 a 644 vlta., y 649 a 659, ampliado de fs. 662 a 672 interpuestos por Diego Suarez Solares e Israel Céspedes Cori, en representación legal del Banco de Desarrollo Productivo-Sociedad Anónima Mixta, y por Rita Elizabeth Aramayo Lugones, respectivamente impugnando el Auto de Vista Nº 165/2019 de 22 de octubre, cursante de fs. 610 a 619 pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral de reliquidación de beneficios sociales seguido por Rita Elizabeth Aramayo Lugones contra el Banco de Desarrollo Productivo-Sociedad Mixta, el Auto de 14 de julio de 2020 de fs. 689 que concedió ambos recursos, el Auto de Nº 481/2020-A de 02 de diciembre que admitió los mismos, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

I. Antecedentes del proceso.

I.1. Sentencia.

Que, tramitado el proceso ante el Juzgado Octavo de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia Nº 118/2017 de 28 de abril de fs. 538 a 567 y su auto completarlo de fs. 571, declarando probada en parte la demanda de fs. 2 a 4, subsanada y aclarada a fs. 7 a 13 y 17 a 20 de obrados. Asimismo se declara probada en parte la excepción perentoria de pago e improbada la excepción perentoria de prescripción formulada por la parte demandada de fs. 197 a 198 de obrados. Debiendo la parte demandada cancelar la siguiente liquidación:

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Datos del proceso

Demandante
Rita Elizabeth Aramayo Lugones
Demandado
Banco de Desarrollo Productivo-Sociedad Mixta
Proceso
proceso laboral de reliquidación de beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2021AS/0166/2021Fuente oficial