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TSJ

AS/0168/2008

Tribunal Supremo de Justicia
10 de abril de 2008Social 1eraMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2008

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 242/06

AUTO SUPREMO Nº 168 - Reclamación Sucre, 10 de abril de 2008.

DISTRITO: Chuquisaca

PARTES: Celestino Ortega Sánchez c/ SENASIR

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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 121-120 interpuesto por Margarita Torres Melazzini y Sandra Mireya Leaño Tórrez, por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto - Senasir, del Auto de Vista No. 572/2006 de Fs. 118, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Chuquisaca, en el proceso administrativo de calificación de renta seguido por Celestino Ortega Sánchez con el Servicio recurrente; sus antecedentes, lo alegado por las partes, las infracciones acusadas, el Dictamen Fiscal de Fs. 128, y

CONSIDERANDO I: Que, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista de Fs. 118, revoca en forma total la Resolución de la Comisión de Reclamaciones No. 1366.06 de 28 de agosto de 2006, cursante a Fs. 100-98 que, a su vez revoca el Auto No. 7925 de 23 de septiembre de 2003 emitido a Fs. 54 por la Comisión de Calificación de Rentas, que desestima la renta única de vejez como el pago global por no contar el asegurado con los requisitos; disponiendo otorgar renta única de vejez con reducción de edad, con fecha de inicio en octubre de 2005.

Auto de Vista revocatorio que dispone se califique la renta de Celestino Ortega Sánchez, en base a los antecedentes desarrollados en esa Resolución y conforme con el art. 23-1) del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición; del que se interpone el presente recurso de casación de Fs. 121-120, que se pasa a examinar.

CONSIDERANDO II: Que del análisis y conocimiento del aludido recurso se tiene que, sin embargo de estar interpuesto en el fondo, se limitaa referir el contenido resolutorio del Auto de Vista y sus alcances legales, al revocar la Resolución 1366.06 de la Comisión de Reclamación, con el reconocimiento al asegurado de la renta que se ordena calificar a partir de diciembre de 2000, mes siguiente al de presentación de la solicitud; en el contexto de lo que no constituye sino un recuento de los antecedentes de la gestión en sede administrativa y de las normas legales en base a las cuales se procesó la misma; sin acusar infracción legal alguna.

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Datos del proceso

Demandante
Celestino Ortega Sánchez
Demandado
SENASIR
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia10 de abril de 2008AS/0168/2008Fuente oficial