Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 168/2021
Fecha: 02 de marzo de 2021
Expediente: LP-8-21-S.
Partes: Froilán Marzo Franco c/ Nicanor Arratia Mamani.
Proceso: Usucapión decenal.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 171 a 172, interpuesto por Máxima Quisbert de Arratia contra el Auto de Vista Nº S-228/2020 de 26 de junio, cursante de fs. 167 a 169 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario sobre usucapión decenal, seguido por Froilán Marzo Franco contra Nicanor Arratia Mamani, el Auto de concesión del recurso de 18 de noviembre de 2020, a fs. 174, el Auto Supremo de Admisión N° 24/2021-RA de 11 febrero de fs. 204 a 205 vta., todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Mediante memorial de fs. 36 a 37 vta., Froilán Marzo Franco, inició proceso ordinario sobre usucapión decenal; acción que fue dirigida contra Nicanor Arratia Mamani, quien tras ser citado fue declarado rebelde, la misma que fue purgada a través del memorial a fs. 94 vta., desarrollándose de esa manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 287/2018 de 23 de octubre, cursante de fs. 116 a 119 vta., por la que el Juez Público Civil y Comercial Nº 5 de El Alto-La Paz, declaró IMPROBADA la demanda.
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