Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 169/2021-RRC
Sucre, 12 de abril de 2021
Expediente : Chuquisaca 41/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
Parte Acusada : Porfirio Sopo Roque y Maritza Condori Champi
Delito : Homicidio
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de julio de 2020, Porfirio Sopo Roque y Maritza Condori Champi conjuntamente promovieron recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 265/2020 de 29 de septiembre, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido contra suya por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, por el delito de Homicidio, sancionado en la segunda parte art. 251 del Código Penal (CP).
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1 Antecedentes
Por Sentencia 03/2018 de 5 de abril de 2018, el Tribunal de Sentencia Primero de Padilla, declaró a los acusados Porfirio Sopo Roque y Maritza Condori Champi, autores de la comisión del delito de Homicidio (Art. 251 CP) sancionándoles a la pena de doce años de presidio a ser cumplida en la Cárcel Pública de esa localidad.
Contra la mencionada Sentencia, los acusados interpusieron recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 265/2020 de 29 de septiembre, que declaró su admisibilidad e improcedencia, confirmando la Sentencia 03/2018.
I.2 Motivos del recurso
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