Volver a sentencias
TSJReiteradora

AS/0171/2019

Tribunal Supremo de Justicia
22 de mayo de 2019Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho Tributario / Derecho Procesal Tributario / Recursos / Principios y derechos involucrados / Debido Proceso / Debida Motivación y Fundamentación

El recurrente indica que el referido auto de vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de casación en la forma y en el fondo, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 1494 a 1499.

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ CONTENCIOSO TRIBUTARIO
Sala
Social 2da
Año
2019

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 171/2019

Sucre, 22 de mayo de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-SC. 563/2017

Distrito: Santa Cruz.

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1494 a 1499, interpuesto por Martha Elena Márquez de Salvador, contra el Auto de Vista Nº 19 de 31 de enero de 2017, de fs. 1487 a 1490 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso contencioso tributario seguido por Martha Elena Márquez de Salvador, contra la Gerencia Distrital Santa Cruz del Servicio de Impuestos Internos, la respuesta de fs. 1506 a 1510, el Auto de fs. 1521 que concedió el recurso, el Auto Nº 563/2017-A de 17 de noviembre de fs. 1533, que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Segundo de Partido en Materia Administrativa, Tributaria y Coactiva, del Tribunal Departamental de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 03 de 27 de julio de 2012, cursante de fs. 1451 a 1457 vta., declarando improbada la demanda, manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa N° 441/2007 de 26 de diciembre.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la parte demandada, cursante de fs.1467 a 1471, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 19 de 31 de enero de 2017 de 5 de mayo de 2017, cursante de fs. 1487 a 1490 vta., confirmó la Sentencia Nº 03 de 27 de julio de 2012, cursante de fs. 1487 a 1490 vta.

I.2 Motivos del recurso de casación.

El referido auto de vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de casación en la forma y en el fondo, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 1494 a 1499.

Mostrando 16 de 31 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Máxima

OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR UNA RESOLUCIÓN/ Toda autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ CONTENCIOSO TRIBUTARIO
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

art. 265 del Codigo Procesal Civil.

Tribunal Supremo de Justicia22 de mayo de 2019AS/0171/2019Fuente oficial