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TSJReiteradora

AS/0174/2021

Tribunal Supremo de Justicia
2 de marzo de 2021Civil

Máxima

LA PRUEBA EN LA LESIÓN/Debe conducir a la demostración de la existencia de los elementos objetivos y subjetivos; concordar y sí corresponde estar…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Civil Sustantivo / Contratos / Ineficacia e invalidez / Rescisión / Por lesión / Improcedencia

La recurrente acusa el error de hecho y derecho en la valoración de la prueba documental, y que el Tribunal de alzada asumió una ilegal elección de documentos probatorios y no la integridad de todos, acogiendo al documento aclarativo de venta cursante de fs. 65 a 66 sin considerar que dicho document…

Proceso
Rescisión de contrato por lesión enorme y otros.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 174/2021

Fecha: 02 de marzo de 2021

Expediente: SC-76-20-S.

Partes: Viviana Yamily Suárez Nazario c/ Nelly Danelly Clementelli Salvatierra

y Ronald Clementelli Salvatierra.

Proceso: Rescisión de contrato por lesión enorme y otros.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 512 a 522 vta., presentado por Viviana Yamily Suárez, contra el Auto de Vista Nº 44/2020, de 3 de agosto, cursante de fs. 483 a 487 pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de rescisión de contrato por lesión enorme y otros, seguido por la recurrente contra Nelly Danelly Clementelli Salvatierra y Ronald Clementelli Salvatierra, la contestación de fs. 527 y vta., 529 y vta., el Auto de concesión de 23 de noviembre de 2020 a fs. 531, el Auto Supremo de Admisión Nº 709/2020 de 14 de diciembre cursante de fs. 540 a 541 vta., todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Viviana Yamily Suárez Nazario mediante memorial de fs. 27 a 31, subsanado de fs. 127 a128, demandó resolución de contrato por lesión enorme y otros contra Nelly Danelly Clementelli Salvatierra; quién una vez citada, contestó negativamente, planteó excepciones de incompetencia, demanda defectuosamente propuesta e indebida acumulación de pretensiones, emplazamiento a terceros y prescripción, asimismo reconvino por extinción de obligación de pago, de fs. 84 a 95 vta., por Auto 16 de agosto de 2017 a fs. 129, se citó como tercero interesado a Ronald Clementelli Salvatierra, quien mediante escrito cursante de fs. 179 a 180 vta., presentó incidente de nulidad de obrados, contestó la demanda en forma negativa y planteó excepciones previas de incompetencia, demanda defectuosamente propuesta y reconvino por extinción de obligación de pago, desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 294/2019 de 13 de junio, cursante de fs. 450 a 452; por la que el Juez Público Civil y Comercial Nº 10 de Santa Cruz de la Sierra, declaró IMPROBADA la demanda principal e IMPROBADA la reconvencional.

2. Resolución de primera instancia que al ser apelada por Viviana Yamily Suárez Nazario mediante memorial de fs. 462 a 464 vta., originó que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista Nº 44/2020 de 3 de agosto, cursante de fs. 483 a 487, CONFIRMANDO la sentencia, bajo los siguientes fundamentos:

Expresó que la apreciación efectuada por el juez respecto a las declaraciones testificales de cargo fue correcta, dado que ellas no desvirtuaron que la lesión en la venta del inmueble se produjo por las necesidades apremiantes, ligereza o ignorancia de la parte perjudicada en cuanto al valor del inmueble.

Respecto al documento aclarativo refirió que si bien no cuenta con la anuencia de la demandante, no desvirtúa con documentación idónea que el dinero depositado por la demandada en la cuenta bancaria de ambos ex cónyuges en el Banco Ganadero, no fue de conocimiento ni utilidad de la demandante, y que no fue beneficiada con dicho dinero, tampoco desvirtuó que su ex cónyuge ya no tenía facultades de celebración de dicho documento aclarativo que lo hizo por sí y en representación de la empresa importadora Clementelli y que no se demostró que la misma ya no pertenece a ambos cónyuges.

Refirió también que el juez valoró cada una de las pruebas conforme a derecho, toda vez que se determinó que el documento aclarativo sobre el precio de $us. 137.500,00 fue pagado en distintas fechas (01/08/2013, 11/09/2013, 28/10/2013 y 18/11/2013) según el estado de cuentas del Banco Ganadero en Bolivianos cuenta Nº 1041125617 y en Dólares cuenta Nº 1042125626, dineros depositados a favor de la importadora Clementelli cuando los excónyuges Clementelli Suárez estaban casados.

Concluyó expresando que el avalúo establecido por el perito determinó el valor del inmueble hace 5 años en la gestión que se produjo la venta consignandolé un valor comercial de $us. 149.656,00 y el valor de venta rápida en la suma de $us. 122.717,92 de lo que infirió la no existencia de lesión enorme al derecho de la demandante, toda vez que se demostró con prueba idónea el precio justo e idóneo así como el pago efectuado por la compradora por la suma de $us. 137.500,00 y la demostración documental de mejoras introducidas en el inmueble, teniéndose que la demandante no demostró el estado de necesidad por el que vendió en un precio por debajo del avalúo.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Viviana Yamily Suárez Nazario, mediante memorial cursante de fs. 512 a 522 vta., recurso que pasa a ser considerado.

CONSIDERANDO II:

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Datos del proceso

Demandante
Viviana Yamily Suárez Nazario
Demandado
Nelly Danelly Clementelli Salvatierra y Ronald Clementelli Salvatierra.
Proceso
Rescisión de contrato por lesión enorme y otros.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia2 de marzo de 2021AS/0174/2021Fuente oficial