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TSJ

AS/0176/2016

Tribunal Supremo de Justicia
8 de junio de 2016Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Reclamación de Pensiones
Sala
Social 1era
Año
2016

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 176

Sucre, 08 de junio de 2016

Expediente : 053/2016-A

Demandante : Delia Rojas Contreras

Demandado : Servicio Nacional del Sistema de Reparto

Materia : Reclamación de Pensiones

Distrito : Potosi

Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 123 a 124, interpuesto por Grover Vargas Lezcano y Mirvia Arrueta Montesinos, en representación de Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 03/2016 de 13 de enero, cursante de fs. 118 a 121, pronunciado por la Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosi, dentro el proceso Suspension de Renta Unica de Viudedad seguido por Delia Rojas Contreras contra la entidad recurrente; la respuesta de fs. 130 a 133; el Auto de Concedió el recurso de fs. 129; el Auto Supremo Nº 12-A de 25 de febrero de 2016 que declara la Admisión de fs.140; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I.1 Antecedentes del proceso

I.1.1 Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones

Que, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto del SENASIR, emitió la Resolución Nº 2382 de 20 de mayo de 2015 (fs.61 a 62), por la que resolvió suspender definitivamente la Renta de Viudedad otorgada a favor de Delia Rojas Contreras debido a que el causante no contaba con libertad de estado durante el tiempo de su convivencia, ademas de ordenar que por el área de revision se proceda a determinar lo indebidamente cobrado y proceder a su recuperacion.

I.1.2 Recurso de Reclamación y Resolución de la Comisión de Reclamación

Ante el recurso de reclamación por parte de la beneficiaria (fs. 78 a 81), la Comisión de Reclamación del SENASIR, mediante Resolución Nº 687/15, de 11 de septiembre (fs. 87 a 91), resolvió confirmar la Resolución Nº 2382, de 20 de mayo, cursante de fs. 61 a 62, emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto del SENASIR, por considerar encontrarse conforme a las disposiciones que rigen la materia.

I.1.3 Auto de Vista

Interpuesto el recurso de apelación por Delia Rojas Contreras (fs. 104 a 106), la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa Segunda, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosi, mediante Auto de Vista Nº 03/2016, de 13 de enero, cursante de fs. 118 a 121, CONFIRMA parcialmente la Resolución de la Comision de la Reclamación Nº 2382/15, de 20 de mayo, y deliberando en el fondo dispone no ha lugar a la devolución de lo cobrado como renta de viudedad hasta el 11 de marzo de 2015. Sin costas.

I.2 Motivos del recurso de casación en el fondo

El Auto de Vista citado, motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 123 a 124, interpuesto por Grover Vargas Lezcano y Mirvia Arrueta Montecinos, en representación de Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo del SENASIR, en base a los siguientes fundamentos:

Señalan que el Auto de Vista recurrido, al disponer la no devolución de lo cobrado como renta de viudedad, habría infringido el artículo 609 del Código de la Seguridad Social el cual establece la facultad que tienen los entes gestores de emitir Notas de Cargo para la recuperación de sus adeudos, tomando en cuenta que la demandante ha sido beneficiada con un pago indebido que corresponde sea recuperado.

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Criterio

“… para efectos de proceder al cobro de los montos que supuestamente fueron cobrados indebidamente, es menester determinar primeramente que la renta de viudedad que se otorgaron a la beneficiaria, fueron realizados en base a documentación, datos o declaraciones fraudulentas proporcionadas por el asegurado fallecido, única situación en que procede la devolución de las prestaciones indebidamente recibidas, surtiendo además efectos retroactivos…”

Datos del proceso

Demandante
Delia Rojas Contreras
Demandado
Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Proceso
Reclamación de Pensiones
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia

Descriptores

Derecho de la Seguridad Social / Largo plazo / Renta de viudedad / Pago / Descuento retroactivo
Tribunal Supremo de Justicia8 de junio de 2016AS/0176/2016Fuente oficial