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AS/0177/2024

Tribunal Supremo de Justicia
12 de marzo de 2024Civil

Máxima

NULIDAD PROCESAL DE OFICIO/ El Juez o Tribunal de casación anulará de oficio todo proceso en el que se encontraren infracciones que interesan al orden público, únicamente procede cuando la ley así lo…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades Procesales / Procede

La parte recurrente expreso error de derecho en la apreciación de la prueba de confesión provocada, que fue declarada por absuelta y que, no habría desvirtuado el Instrumento Público N° 044/1993, incurriéndose en error de derecho en la apreciación de esta prueba, porque con el derecho que le otorgó …

Proceso
Prohibición de uso de nombre ejercida de manera personal y de restricción y/o prohibición de uso de signo distintivo ejercida de manera institucional

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 177/2024

Fecha: 12 de marzo de 2024

Expediente: O-4-21-S

Partes: La asociación civil de músicos profesionales “Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores” c/ La asociación cultural artística musical “Banda Unión Pagador”.

Proceso: Prohibición de uso de nombre ejercida de manera personal y de restricción y/o prohibición de uso de signo distintivo ejercida de manera institucional.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 739 a 745 vta., interpuesto por la asociación civil de músicos profesionales “Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores” representada por Demetrio Cleofé Choque Mamani, Efraín Morales Nina, Justino Flores Magne, Greco Choque Capuma y Timoteo Villca Mamani contra el Auto de Vista Nº 239/2020 de 20 de noviembre, cursante de fs. 726 a 737 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso ordinario de prohibición de uso de nombre ejercida de manera personal y de restricción y/o prohibición de uso de signo distintivo ejercida de manera institucional seguido a instancia de los recurrentes contra la asociación cultural artística musical “Banda Unión Pagador”, el Auto de concesión N° 05/2021, de 13 de enero, cursante a fs. 748; el Auto Supremo de admisión N° 095/2021-RA de 02 de febrero, de fs. 753 a 755: la interpretación prejudicial de fs. 765 a 785, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Como antecedente se debe hacer notar que se tramitó un proceso de cesación del uso del nombre, nulidad de personería jurídica y resarcimiento de daños y perjuicios seguido a instancias de la Banda Unión Pagador, causa a la cual se acumuló el proceso de prohibición de uso de nombre ejercida de manera personal y de restricción y/o prohibición de uso de signo distintivo ejercida de manera institucional, seguido por la Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores en contra de la Banda Unión Pagador.

Efectuada la acumulación dispuesta mediante Auto de 04 de noviembre de 2016, se procedió con la tramitación de ambas causas de manera conjunta habiéndose señalado audiencia preliminar para el 06 de noviembre de 2019, ante la inconcurrencia de la Banda Unión Pagador y no habiendo justificado su inasistencia se declaró por desistida su pretensión.

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Datos del proceso

Demandante
La asociación civil de músicos profesionales “Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores”
Demandado
La asociación cultural artística musical “Banda Unión Pagador”.
Proceso
Prohibición de uso de nombre ejercida de manera personal y de restricción y/o prohibición de uso de signo distintivo ejercida de manera institucional
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez
Tribunal Supremo de Justicia12 de marzo de 2024AS/0177/2024Fuente oficial