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TSJ

AS/0180/2008

Tribunal Supremo de Justicia
14 de abril de 2008Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2008

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 632/07

AUTO SUPREMO Nº 180 - Social Sucre,14 de abril de 2008.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Alejandro Shaw Boutier y otros c/ Empresa "OFFSET COLOR"

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VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 681-687, interpuesto por Carlos Batel Encinas Revilla, en representación de Oliver Dueri Siade, contra el auto de vista Nº 96/07-SSA-III de 223 de junio de 2007, cursante a fs. 677, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso laboral seguido por Alejandro Shaw Boutier y otros trabajadores de la Empresa Offset Color;, la respuesta de fs. 705, el auto de concesión del recurso de fs. 706, los antecedentes procesales y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en 12 de noviembre de 2003, pronunció la Sentencia Nº 95/2003 de 12 de noviembre de 2003, de fs. 375-392, por la que declara probada en parte la demanda de fs. 4-5, subsanada a fs. 11-12, disponiendo que la Empresa Industrias Offset Color S.R.L., a través de sus representantes legales cancele a los actores, con los bienes muebles e inmuebles, así como movilidades que son patrimonio de la empresa, para que con su producto, se cancele a los trabajadores el pago de quinquenios que se detallan en las liquidaciones insertas a fs. 385 a 392.

Apelada la sentencia, por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, emitió el auto de vista Nº 96/07-SSA-III de 23 de junio de 2007, cursante a fs. 677, que confirma la Sentencia Nº 95/2003 de 12 de noviembre de 2003, con costas.

Contra esta resolución de vista la parte demandada interpone el recurso de casación de fs. 681-687.

CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia de la Nación tiene la obligación de examinar los procesos que llegan a su conocimiento, a fin de establecer si los Jueces y Tribunales inferiores, observaron las leyes y plazos que norman la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes, conforme establece el art. 15 de la L.O.J. y, si correspondiere disponer la nulidad de obrados de oficio, según lo prevé el art. 252 del Cód. Pdto. Civ.

Que, en la especie se evidencia que los fundamentos de la sentencia son contradictorios con la decisión final adoptada, en la que se otorgan beneficios sociales en vigencia de la relación laboral, como expresamente reconoce a fs. 383 y 385 en los puntos f) "(...) se ha comprobado fehacientemente que los demandantes están trabajando actualmente, percibiendo una remuneración en la empresa por lo que no corresponde el pago de desahucio, beneficio que se otorga al trabajador que ha sido despedido intempestivamente de su fuente de trabajo (...)" y k) "(...) se ha establecido fehacientemente que dicha empresa se encuentra en poder y usufructo de los trabajadores fungiendo como empleador y apoderado el señor Alejandro Salazar (...)".

Que, el art. 190 del Cód. Pdto. Civ., dispone que: "La sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia; contendrá decisiones expresas, positivas y precisas; recaerá sobre las cosas litigadas, en la manera en que hubieren sido demandadas sabida que fuere la verdad sobre las pruebas del proceso..."; norma que es concordante con lo instituido en el art. 202 del Cód. Proc. Trab., que incluye las reglas que deben observarse para resolver una controversia laboral.

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Datos del proceso

Demandante
Alejandro Shaw Boutier y otros
Demandado
Empresa "OFFSET COLOR"
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia14 de abril de 2008AS/0180/2008Fuente oficial