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TSJReiteradora

AS/0182/2021

Tribunal Supremo de Justicia
3 de marzo de 2021Civil

Máxima

LEGITIMACIÓN PASIVA EN USUCAPIÓN EXTRAORDINARIA/ Es un deber procesal ineludible del pretendiente el señalar con exactitud e identificar al sujeto pasivo de su…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Civil Sustantivo / Derechos Reales / Usucapión / Demanda / Sujeto pasivo

El recurrente acusa la falta de notificación con la demanda a los herederos de María Luisa Cortez de Schwarz e Isabel Janet Schwarz Cortez, haciendo énfasis a su hermana Pura Betty Schwarz Cortez, quien pese de haber sido demostrada su legitimación en calidad de heredera de María Luisa Cortez de Sch…

Proceso
Usucapión extraordinaria y reconocimiento de mejoras.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 182/2021 Fecha: 03 de marzo de 2021

Expediente: SC-77-20-S.

Partes: Lucia Mamani de Vallejos y Edmundo Vallejos Castro c/ Juan James Edmundo Schwarz Cortez y otros.

Proceso: Usucapión extraordinaria y reconocimiento de mejoras.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 597 a 605, interpuesto por Juan James Edmundo Schawrz Cortez; el recurso de casación cursante de fs. 610 a 613 interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz y el recurso de casación de fs. 615 a 622 interpuesto por Maritza Herrera Eguez, todos en contra del Auto de Vista Nº 119/2020 de 04 de agosto de fs. 584 a 594 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso sobre usucapión extraordinaria y reconocimiento de mejoras, seguido por Lucia Mamani de Vallejos y Edmundo Vallejos Castro en contra de Juan James Edmundo Schwarz Cortez, posibles herederos de María Luisa Cortez de Schwarz e Isabel Janet Schwarz Cortez y presuntos propietarios; las respuestas al recurso de casación de fs. 626 a 631 y 632 a 634, el Auto de concesión de fecha 29 de octubre de 2020 cursante a fs. 635, el Auto Supremo de admisión de fs. 643 a 645 vta., todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Lucia Mamani de Vallejos y Edmundo Vallejos Castro interpusieron demanda de usucapión extraordinaria y reconocimiento de mejoras contra Juan James Edmundo Schwarz Cortez y el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz mediante memorial cursante de fs. 7 a 8, subsanado a través de escritos cursantes a fs. 69 y vta., y 103 y vta., quienes una vez citados contestaron negativamente a la demanda cursante de fs. 172 a 179 vta., y 169 a 202 vta., tramitada la causa, el Juez Público Civil y Comercial Nº 10 del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 24/2018 de fecha 22 de octubre, cursante de fs. 500 a 506 vta., por la que declaró PROBADA la demanda principal de usucapión extraordinaria y reconocimiento de mejoras interpuesta por Lucia Mamani de Vallejos y Edmundo Castro, por lo tanto los declaró propietarios del terreno, ubicado en la zona sur-este, U.V. N° 25, manzana 22, lote s/n, calle Nicomedes Antelo N° 220, con una superficie de 324.14 m2.

Resolución de primera instancia que fue apelada por Juan James Edmundo Schwarz Cortez por medio del escrito que cursa de fs. 524 a 529 y por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz a través de memorial de fs. 545 a 551, a cuyo efecto la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante el Auto de Vista N° 119/2020 de 04 de agosto, cursante de fs. 584 a 594 vta., CONFIRMÓ la Sentencia antes mencionada, de la misma forma CONFIRMÓ el Auto de 22 de octubre de fs. 489 a 489 vta., referente al rechazo de la prueba documental y el Auto de 22 de octubre de fs. 492 a 494, por el cual rechaza la solicitud de sustitución de prueba testifical.

Arguyendo que de acuerdo al documento de compra y venta de 09 de mayo de 2009 que cursa a fs. 1 y al documento de ratificación de venta a fs. 145 y vta., las vendedoras María Luisa Cortez de Schwarz e Isabel Janet Schwarz Cortez, transfirieron la propiedad y la posesión del inmueble objeto de la litis a la demandante, por esta razón la posesión de la actora comprende 57 años, pues la misma se computa desde mayo de 1952, cumpliendo, así con los presupuestos para la procedencia de la usucapión.

Esta resolución fue impugnada mediante el recurso de casación de fs. 597 a 605, interpuesto por Juan James Edmundo Schwarz Cortez; el recurso de casación de fs. 610 a 613 interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz a través de la Alcaldesa Municipal a.i. Arq. Angélica Sosa de Perovic y el recurso de casación de fs. 615 a 622 opuesto por Maritza Herrera Eguez en su calidad de defensora de oficio de los presuntos herederos de María Luisa Cortez de Schwarz e Isabel Janet Schwarz Cortez y posibles propietarios; los cuales se analizan.

CONSIDERANDO II:

DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mostrando 16 de 77 parrafos.

Datos del proceso

Demandante
Lucia Mamani de Vallejos y Edmundo Vallejos Castro
Demandado
Juan James Edmundo Schwarz Cortez y otros
Proceso
Usucapión extraordinaria y reconocimiento de mejoras.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia3 de marzo de 2021AS/0182/2021Fuente oficial