Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 183/2024
Sucre, 06 de mayo de 2024
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente : 91/2024
Demandante : Mauricio Javier Terceros Escobar
Demandado : Empresa Importadora “DIAMEDIC IMPORT”
Proceso : Beneficios Sociales
Distrito : Cochabamba
Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez
I. VISTOS: El recurso de casación de fojas 179 a 183, interpuesto por la empresa Importadora “DIAMEDIC IMPORT”, representada legalmente por Elba Espinoza; contra el Auto de Vista 136/2023 de 11 de julio, cursante de fojas 172 a 176 vuelta, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Mauricio Javier Terceros Escobar contra la empresa recurrente; el memorial de contestación de fojas 186; el Auto de 17 de enero de 2024 de fojas 187, que concedió el citado recurso; el Auto 91/2024-A de 19 de febrero, que admitió el medio de impugnación, y los antecedentes procesales.
II. ANTECEDENTES PROCESALES
II.1. Sentencia
Tramitado el proceso laboral de referencia, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 30 de agosto de 2021, de fojas 147 a 154, declarando PROBADA la demanda de fojas 3 y vuelta, con costas y costos; e IMPROBADA la excepción perentoria de pago, ordenando que la empresa demandada, a través de su representante legal, pague los beneficios sociales demandados por Mauricio Javier Terceros Escobar, de acuerdo con el detalle siguiente:
Tiempo de trabajo : 1 año, 6 meses y 26 días
Salario promedio indemnizable : Bs2.212,57
Indemnización por tiempo de servicios: Bs3.478,65
Desahucio: Bs6.637,71
Vacaciones (23,58 días): Bs1.739,08
Prima por utilidades - gestión 2017.- Bs2.212,57
Salario devengado - diciembre 2017.- Bs2.212,57
TOTAL Bs16.280,58
Menos pago a cuenta. - Bs 4.881,45
SUMA TOTAL Bs11.399,13
II.2. Auto de Vista
Deducido el recurso de apelación por la empresa Importadora “DIAMEDIC IMPORT” a través de su representante legal por memorial de fojas 156 a 159 vuelta; la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Auto de Vista 136/2023 de 11 de julio, de fojas 172 a 176 vuelta, REVOCÓ EN PARTE la Sentencia apelada de 30 de agosto de 2021, cursante de fs. 147 a 154 con la siguiente modificación:
Tiempo de servicios: 1 año, 6 meses y 26 días.
Salario Indemnizable: Bs2.212,57
Desahucio: Bs 6.637,71.-
Indemnización Bs 3.478,65.-
Vacaciones (23,58 días): Bs 1.739,08.-
Primas por utilidades - gestión 2017: Bs 2.212,57 SUMA TOTAL Bs14.068,01
Pago a cuenta finiquito de fs.19 Bs 4.881,45
TOTAL Bs9.186,56
Monto que en ejecución de sentencia deberá ser cancelado más la correspondiente actualización, conforme establece el Decreto Supremo (DS) 28699 de 01 de mayo de 2006. Si costas y costos.
III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Contra el referido Auto de Vista, la empresa Importadora “DIAMEDIC IMPORT” a través de su representante legal, interpuso recurso de casación por escrito de fojas 179 a 183, en el que expresó lo siguiente:
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