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TSJ

AS/0185/2010

Tribunal Supremo de Justicia
28 de mayo de 2010Penal IIMag. Ivan Manolo Lima Magne
Proceso
Estafa
Sala
Penal II
Año
2010

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 185 Sucre, 28 de mayo de 2010

Expediente: La Paz 133/04

Partes: Flora Huanca Colque y José Hilarión Medina López c/ Heriberto Hermenegildo Aruvis Honorio

Delito: Estafa

VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 20 de enero de 2004 por el defensor de oficio en representación de Heriberto Hermenegildo Aruvis Honorio (fojas 137), impugnando el Auto de Vista Nº 112/2003 de 17 de diciembre de 2003 (fojas 135) emitido por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso penal seguido contra él, a querella de Flora Huanca Colque y José Hilarión Medina López por el delito de estafa, previsto en el artículo 335 del Código Penal.

CONSIDERANDO: que revisados objetivamente los datos del proceso se establece:

Que ante la denuncia presentada por Flora Huanca Colque y José Hilarión Medina López (fojas 1 a 2) se inició el proceso penal el 27 de mayo de 1999, la etapa de la instrucción comenzó el 7 de agosto de 1999 (fojas 28), sin que se hubiera cumplido con lo estipulado por los artículos 170 y 171 del Código de Procedimiento Penal, ya que en la etapa del sumario se debe acumular pruebas e indicios y el término dentro del cual debe quedar concluida esta etapa es de 20 días; sin embargo el Auto Final de la Instrucción se dictó el 23 de octubre de 1999 (fojas 35 a 36), notificando a las partes con el mismo el 15 de noviembre del mismo año, después de más de tres meses de emitido el Auto Inicial, pese a detención preventiva del procesado.

Que en el plenario se radicó la causa el 11 de diciembre de 1999 (fojas 39), y desde la declaración confesoria de el procesado el 10 de marzo de 2000 (fojas 49 a 50) hasta el pronunciamiento de la Sentencia el 21 de abril de 2003 (fojas 115 a 120), que condenó al procesado por el delito endilgado que motivó su juzgamiento, han pasado más de tres años y un mes.

Proceso que pasó a la fase siguiente debido al recurso de apelación que en derecho interpuso el procesado, confirmándose la sentencia por el Auto de Vista recurrido, decisión que originó que el defensor de oficio del procesado interponga recurso de casación (fojas 137), que se recibió en la Sala Penal única de la Corte Suprema de Justicia el 26 de mayo de 2004 (fojas 141), sin que a la fecha hubiera concluido el proceso con un fallo ejecutoriado.

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Criterio

Dispone la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso

Datos del proceso

Demandante
Flora Huanca Colque y José Hilarión Medina López
Demandado
Heriberto Hermenegildo Aruvis Honorio
Proceso
Estafa
Magistrado relator
Ivan Manolo Lima Magne

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Elementos comunes de procedimiento / Excepciones / Extinción de la acción penal
Tribunal Supremo de Justicia28 de mayo de 2010AS/0185/2010Fuente oficial