Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 185 Sucre, 30 de junio de 2011
Expediente: Potosí 13/2009
Partes: Teodoro Lázaro Copacabana C/ Pedro Huanaco Huanaco.
Delito: Perturbación de posesión, despojo, abuso de confianza y otros.
VISTOS: el desistimiento del recurso de casación formulado por Pedro Huanaco Huanaco en el proceso penal seguido en su contra por Teodoro Lázaro Copacaba por comisión de los delitos de perturbación de posesión, despojo, abuso de confianza, difamación y calumnia.
CONSIDERANDO: que Pedro Huanaco Huanaco interpuso recurso de casación el 20 de marzo de 2009 (fojas 88 a 89), impugnado el Auto de Vista emitido el 5 de marzo del mismo año por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, en el proceso seguido por Teodoro Lázaro Copacaba contra el recurrente por comisión de los delitos de perturbación de posesión, despojo, abuso de confianza, difamación y calumnia
Que el recurrente, por memorial presentado el 20 de junio del presente año (fojas 97), señaló haber llegado a un acuerdo entre partes conforme a las condiciones señaladas en el memorial de referencia.
Que de conformidad a lo determinado por el numeral 2 del artículo 396 del Código de Procedimiento Penal, los recursos reconocidos por el sistema procesal penal podrán ser desistidos por la parte que los haya interpuesto, sin perjudicar a los demás recurrentes o a los que oportunamente se hayan adherido.
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